Resolución núm. 2973, publicada el 27 de Mayo de 2015. AUTORIZA RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL SIMPLIFICADO A MERCANCÍAS INGRESADAS POR DELEGACIONES DEPORTIVAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 571160210

Resolución núm. 2973, publicada el 27 de Mayo de 2015. AUTORIZA RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL SIMPLIFICADO A MERCANCÍAS INGRESADAS POR DELEGACIONES DEPORTIVAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL SIMPLIFICADO A MERCANCÍAS INGRESADAS POR DELEGACIONES DEPORTIVAS

Núm. 2.973.- Valparaíso, 18 de mayo de 2015.

Vistos:

La realización en Chile del torneo internacional de futbol Copa América 2015, entre los días 11 de junio y 4 de julio, con la participación de 12 países: Chile, Argentina, Brasil, Uruguay, Perú, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Colombia y Ecuador y la presencia de México y Jamaica como invitados.

Que, asimismo, entre los días 17 de octubre y 8 de noviembre de 2015, se desarrollará en nuestro país el evento FIFA, Mundial de Futbol Sub 17, con la participación de 23 países además de Chile como país anfitrión.

Los artículos 77º y 107º de la Ordenanza de Aduanas.

Considerando:

Que mediante oficio MINDEP Nº 112 de 12.02.2012, del Subsecretario del Deporte, comunica el compromiso asumido por el Estado de Chile con la comunidad deportiva internacional para otorgar las facilidades gubernamentales para la realización de estos eventos deportivos internacionales.

Que para dichos eventos ingresarán al país las delegaciones internacionales participantes y de organización, integradas por deportistas, entrenadores, cuerpos médicos, jefes de delegación de los respectivos comités y organizaciones internacionales, así como también se registrará el ingreso de artículos e implementos deportivos en general, equipos médicos, medicamentos y demás elementos de apoyo logístico necesarios para la competición, como equipos periodísticos que cubren el evento.

Que, en el seno de las mesas de trabajo y coordinación interinstitucional se ha concordado un procedimiento integral, simplificado, eficiente y expedito, en el ámbito de competencia de cada uno de los servicios intervinientes, tanto para el ingreso como para la salida de las delegaciones y las mercancías relacionadas con dichos eventos.

Teniendo presente:

Las facultades otorgadas por los números 7 y 8 del artículo 4º del DFL Nº 329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, los artículos 77º, 107º letra I), y 181º de la ordenanza de aduanas y la resolución Nº 1.600 del 30.10.08, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Autorízase un régimen de Admisión Temporal simplificado, exento del pago de tasa y de garantía, a contar de la fecha de publicación en Diario Oficial y hasta 45 días posteriores al término de cada evento, a las mercancías ingresadas por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR