Resolución núm. 276 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2020. DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 232/2020 Y EXTIENDE LA VIGENCIA DE NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES. PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846786925

Resolución núm. 276 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2020. DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 232/2020 Y EXTIENDE LA VIGENCIA DE NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES. PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 232/2020 Y EXTIENDE LA VIGENCIA DE NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES. PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS

Núm. 276 exenta.- Santiago, 24 de julio de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, y las resoluciones Nº 6 y Nº 7, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. La resolución exenta Nº 232, de fecha 24 de junio de 2020, que "Deja sin efecto la resolución exenta Nº 167/2020 y Fija nuevo avalúo por gramo de oro ley de fino 18 ktes. para los créditos del rubro alhajas".

  2. Que, existiendo las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a las necesidades de nuestros usuarios, es posible mejorar la calidad del préstamo otorgado sobre las garantías prendarias del rubro Alhajas, para lo cual se requiere modificar la tabla de valores actualmente en uso del gramo de oro y otros metales nobles utilizado en el cálculo de los créditos con prenda civil.

  3. Que, el Departamento de Tasaciones en su Informe Técnico, de fecha 21 de julio de 2020, estableció el monto máximo de avalúo por gramo de metal noble ley de fino oro 18 ktes. que debe ser considerado en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria.

  4. Certificado de disponibilidad presupuestaria del Departamento de Contabilidad, de fecha 21 de junio de 2020, en el cual indica contar con la disponibilidad para financiar promoción del gramo de oro desde el día 1 de julio de 2020, para las Unidades de Crédito del país.

  5. Que, existiendo las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a las necesidades de nuestros usuarios, es posible mejorar la calidad del préstamo otorgado cobre las garantías prendarias del rubro alhajas, para lo cual se requiere modificar la tabla de valores actualmente en uso del gramo de oro de 18 ktes. utilizado en el cálculo de los créditos con prenda civil.

  6. El oficio ordinario GESDOC Nº8.441, del 28.11.2011, del Departamento Jurídico, que sostiene la Autonomía del Servicio en la fijación del valor del gramo de oro en virtud de los argumentos que en dicho documento se exponen, y;

  7. Las facultades entregadas al Director General del Servicio, según lo dispuesto en el DFL Nº16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, especialmente lo establecido en el artículo 10...

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