Resolución núm. 2585 EXENTA, publicada el 09 de Abril de 2021. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE NORMAS DE EMISIÓN PARA EL AÑO 2021 - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 863895366

Resolución núm. 2585 EXENTA, publicada el 09 de Abril de 2021. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE NORMAS DE EMISIÓN PARA EL AÑO 2021

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE NORMAS DE EMISIÓN PARA EL AÑO 2021

Núm. 2.585 exenta.- Santiago, 31 de diciembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la ley Nº 20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº 18.834, que aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto supremo Nº 90, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales; en el decreto supremo Nº 46, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas; en el decreto supremo Nº 80, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión para molibdeno y sulfatos, de efluentes descargados desde tranques de relaves al estero Carén; en el decreto supremo Nº 13, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión para centrales termoeléctricas; en el decreto supremo Nº 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica; en el decreto supremo Nº 37, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de compuestos TRS, generadores de olor, asociados a la fabricación de pulpa kraft o al sulfato; en el decreto supremo Nº 43, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión para la regulación de la contaminación lumínica; en el decreto supremo Nº 28, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico; en el decreto supremo Nº 29, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión para incineración y coincineración; en la resolución exenta Nº 1.171, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta Instrucciones generales sobre elaboración, ejecución, evaluación y publicación de los programas y subprogramas de fiscalización ambiental (ciclo de programación); en la resolución exenta Nº 786, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que inicia el procedimiento de la elaboración de los programas y subprogramas de fiscalización ambiental; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija la planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución exenta Nº 2.516, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija su organización interna; en el decreto Nº 31, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra Superintendente; en la resolución RA 119123/58/2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente que renueva el nombramiento del Jefe de la División de Fiscalización; en la resolución RA 119123/129/2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra Fiscal; en la resolución exenta Nº 2.564, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que establece orden de subrogancia para el cargo de Jefe/a del Departamento Jurídico de la Fiscalía; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "Superintendencia" o "SMA") fue creada para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establece la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones de su competencia.

  2. Que, el artículo 16 de la ley orgánica de la SMA, establece que para el desarrollo de las actividades de fiscalización, la Superintendencia deberá establecer anualmente programas y subprogramas de fiscalización ambiental.

  3. Que, los programas de fiscalización ambiental constituyen herramientas de gestión pública para llevar a cabo los procesos de fiscalización que tiene a su cargo la Superintendencia, mediante los cuales se debe informar los procesos de fiscalización ambiental que se realizarán y cada uno de los organismos sectoriales subprogramados que colaboran en dicha tarea, los presupuestos sectoriales asignados para su desarrollo, así como los indicadores de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR