Resolución núm. 2231 EXENTA, publicada el 18 de Mayo de 2020. DESIGNA FUNCIONARIOS A CONSIDERAR COMO SUJETOS PASIVOS, DE CONFORMIDAD A LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y OTRAS MATERIAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 844585327

Resolución núm. 2231 EXENTA, publicada el 18 de Mayo de 2020. DESIGNA FUNCIONARIOS A CONSIDERAR COMO SUJETOS PASIVOS, DE CONFORMIDAD A LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y OTRAS MATERIAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DESIGNA FUNCIONARIOS A CONSIDERAR COMO SUJETOS PASIVOS, DE CONFORMIDAD A LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y OTRAS MATERIAS

Núm. 2.231 exenta.- Santiago, 4 de mayo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública, y sus modificaciones; en la ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios; en el DFL N° 1-19.653, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado; en la resolución exenta N° 2.284, de 2019, de este origen; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, el ejercicio de la función pública con probidad y transparencia es prioridad de la Administración del Estado y en dicho contexto se procedió a la dictación de la denominada Ley del Lobby, con el objeto de contribuir a su fortalecimiento en las relaciones con los Órganos del Estado, en particular, regulando la publicidad de la actividad de lobby y, de las demás gestiones que representen intereses particulares.

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 3° de la ley N° 20.730, se extenderán las obligaciones que ésta contiene para los sujetos pasivos a todas aquellas personas que, en razón de su cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.

Que, asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5° del decreto N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado, la autoridad competente debe individualizar, el primer día hábil del mes de mayo, la nómina de autoridades o funcionarios descritos en el párrafo precedente.

Que, de esta manera, por resolución exenta N° 2.284, de 2019, la Subsecretaría de Educación, se designó como sujetos pasivos de lobby, a las personas que...

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