Resolución núm. 1779 EXENTA, publicada el 13 de Octubre de 2017. NOMBRA INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES |
Rango de Ley | Resolución |
NOMBRA INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
Núm. 1.779 exenta.- Valparaíso, 14 de septiembre de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la Ley N° 19.981, sobre Fomento Audiovisual y su respectivo Reglamento; en el decreto supremo N° 265, de 2004, del Ministerio de Educación, que contiene el Reglamento para la Constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la resolución exenta N° 205, de 2005, de este Servicio, que aprueba forma de determinar la representatividad cualitativa de las organizaciones nacionales y regionales para designación de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; y lo requerido en los memorandos internos Nos 12.24/417 y 12.24/422, de la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes.
Considerando:
Que la Ley N° 19.981 sobre Fomento Audiovisual, señala que su objetivo es el desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación de las obras audiovisuales nacionales y de la industria audiovisual, así como la investigación y el desarrollo de nuevos lenguajes audiovisuales; y que para el cumplimiento de estos objetivos, crea al interior del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.
Que de acuerdo a su normativa, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, se integra, entre otros, por tres representantes de la actividad audiovisual regional, los que deberán desarrollarla y residir en regiones distintas de la Metropolitana, los cuales en conformidad a la letra l) del artículo 5° de la ley N° 19.981, son nombrados mediante resolución firmada por el Ministro Presidente de este Servicio.
Que de conformidad con el artículo 3° del decreto supremo N° 265, de 2004, del Ministerio de Educación, dichas personas son...
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