Resolución núm. 1449 EXENTA, publicada el 12 de Enero de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 10.278 EXENTA (V. Y. U.), DE 2017, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS, REGLAMENTADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 112 (V. Y U.), DE 2014
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 10.278 EXENTA (V. Y. U.), DE 2017, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS, REGLAMENTADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 112 (V. Y U.), DE 2014
Santiago, 7 de octubre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.449 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DL N° 1.305, de 1976, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DS N° 112 (V. y U.), de 2014, que Aprueba el Programa de Conservación de Parques Urbanos, especialmente su artículo 7; la resolución exenta N° 10.278 (V. y U.), de 2017, que Aprueba Procedimiento de Aplicación Práctica del Programa de Conservación de Parques Urbanos; la resolución N° 7, de Contraloría General de la República, de 2019, que fija normas de exención del trámite de toma de razón, y
Teniendo presente:
-
Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo se encuentra desarrollando la Política Nacional de Parques Urbanos, que guiará y establecerá lineamientos para la gestión de los parques urbanos en sus distintos ámbitos, incluidos criterios de focalización y priorización de iniciativas de inversión pública;
-
Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha impulsado la construcción de una cantidad considerable de parques urbanos en los últimos años, por lo que se hace necesario modificar algunos de los requisitos de postulación y factores de priorización de las iniciativas, así como establecer nuevas condiciones para las postulaciones que se presenten en los futuros llamados que se realicen en el marco del Programa de Conservación de Parques Urbanos, reglamentado mediante el decreto supremo N° 112 (V. y U.), de 2014;
-
Los correos electrónicos de fechas 28 de agosto y 8 de septiembre, ambos de 2020, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes del Departamento de Obras Urbanas de la DDU y de la División Jurídica, respectivamente, en el tenor de lo referido al presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
-
Modifícase el resuelvo 2° de la resolución exenta N° 10.278 (V. y U.), de 2017, en la forma que a continuación se indica:
-
Agrégase al artículo 1° el siguiente inciso tercero:
"Asimismo, mediante resolución del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, se podrá autorizar la convocatoria a postulación solo para una o más regiones prioritarias que fundadamente determine. Para esto señalará los requisitos y antecedentes de ingreso al concurso...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba