Resolución núm. 1385 EXENTA, publicada el 17 de Marzo de 2016. APRUEBA MANUAL DE ESTRATEGIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL COMO UNA FORMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA FORMACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 631508730

Resolución núm. 1385 EXENTA, publicada el 17 de Marzo de 2016. APRUEBA MANUAL DE ESTRATEGIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL COMO UNA FORMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA FORMACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO PROFESIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA MANUAL DE ESTRATEGIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL COMO UNA FORMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA FORMACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO PROFESIONAL

Núm. 1.385 exenta.- Santiago, 11 de marzo de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; el decreto supremo Nº 452, de 2013, del Ministerio de Educación, que Establece las Bases Curriculares para la Educación Media Formación Diferenciada Técnico-Profesional y los decretos que aprueban el Plan y los Programas de Estudio para la Formación Diferenciada Técnico-Profesional de Educación Media y la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

Que, el artículo 20 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, establece que la educación media es el nivel educacional que atiende a la población escolar que haya finalizado el nivel de básica y que tiene por finalidad procurar que cada alumno expanda y profundice su formación general y desarrolle los conocimientos, habilidades y actitudes que le permitan ejercer una ciudadanía activa e integrarse a la sociedad. Este nivel educativo ofrece una formación general común y formaciones diferenciadas. Estas son la humanístico-científica, técnico-profesional y artística, u otras que se podrán determinar a través de las referidas bases curriculares.

Que, el mismo artículo citado establece que la formación diferenciada técnico-profesional está orientada a la formación en especialidades definidas en términos de perfiles de egreso, en diferentes sectores económicos y que dicha enseñanza habilita al estudiante para continuar su proceso educativo formal a través de la educación superior o incorporarse a la vida del trabajo.

Que, de conformidad con el artículo 31 del señalado decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, mediante decreto supremo Nº 452, de 2013, del Ministerio de Educación, se establecieron las Bases Curriculares para la Formación Diferenciada Técnico Profesional de Educación Media. En lo que respecta al plan y los programas de Estudio para dicha formación diferenciada, se valora en ellos las prácticas profesionales y la enseñanza en alternancia, la cual tiene como objetivo desarrollar el aprendizaje en el aula y aprendizaje en un lugar de trabajo, dado que es tendencia general en el mundo y recomendada por los expertos.

Que, en Chile el modelo de formación en alternancia se concreta en la estrategia de formación profesional dual, la cual ha logrado extensión y desarrollo nacional, en variados establecimientos educacionales. Por lo cual, se hace necesario apoyar y promover desde el Ministerio de Educación la iniciativa, ya que ha demostrado beneficios para los estudiantes, los establecimientos educacionales y las organizaciones de trabajo. En este sentido, se debe regular esta estrategia, estableciendo criterios que resguarden la calidad de la formación,

Resuelvo:

Artículo primero

Apruébese el manual de estrategia de formación profesional dual como una forma de implementación de la Formación Diferenciada Técnico Profesional.

  1. Disposiciones Generales

    1.1. Conceptos:

    1. Formación profesional dual: Es una estrategia de aprendizaje, que alterna el aprendizaje en el establecimiento educacional con otro u otros lugares de aprendizaje, como lo son las empresas, corporaciones, fundaciones u organismos públicos, teniendo como marco el perfil de egreso de las Bases Curriculares, los Planes y los Programas de Estudios de la Formación Diferenciada Técnico Profesional.

    2. Estudiante Aprendiz: Aquel alumno que cursa los dos últimos años del nivel de educación media en un establecimiento educacional, el que imparte alguna de las especialidades de formación diferenciada técnico profesional y que se encuentra adscrito a un proyecto de formación profesional dual.

    3. Comisión Dual. Es aquella encargada al interior del establecimiento educacional de gestionar el proceso de formación profesional dual.

    4. Convenio de aprendizaje: Es el instrumento mediante el cual el establecimiento educacional y la empresa se comprometen a trabajar en conjunto en la formación de los/as estudiantes aprendices que participan de la estrategia de formación profesional dual.

    5. Plan de aprendizaje: Adecuación del plan de estudio de la especialidad con la finalidad de determinar qué aprendizajes se tratarán en la empresa u organización, y cuáles en el establecimiento educacional.

    6. Plan de rotación: Instrumento que se determinará en el contexto del plan de aprendizaje, tomando en cuenta las particularidades de la empresa u organización. Dentro de este plan se establecerán los puestos o lugares dentro de la organización en los cuales los estudiantes aprendices desarrollarán sus actividades de aprendizaje, con quién o quiénes las desarrollará y se determina el tiempo asignado a cada actividad.

    7. Informe visita: Documento que elabora el profesor tutor en el cual, una vez al mes, deja constancia sobre el estado de avance de los aprendizajes logrados por el estudiante aprendiz en la empresa u organización, de acuerdo a lo definido en el plan de aprendizaje.

    8. Cuadernos dual: Instrumento en el cual el estudiante aprendiz registra sistemática y exhaustivamente las actividades observadas y/o realizadas en la empresa de acuerdo a lo establecido en el plan de aprendizaje en la empresa u organización.

      1.2. Objetivo. Esta estrategia tiene por finalidad mejorar los aprendizajes técnicos significativos de los/as estudiantes, para desarrollar sus capacidades para la vida, el trabajo y/o la continuidad de estudios.

      En los establecimientos educacionales y en los lugares de aprendizaje se deberá resguardar los derechos de los estudiantes aprendices, tanto en su integridad física y psicológica como en la calidad de los aprendizajes que se impartan.

      1.3. Tipos de alternancia. El establecimiento educacional deberá optar por una u otro tipo de alternancia:

    9. Alternancia Total: La totalidad de la formación de la especialidad se realiza mediante el sistema dual en los últimos dos años del nivel de enseñanza media.

    10. Alternancia Parcial: El aprendizaje se alterna en una proporción del programa de la especialidad, pudiendo abarcar: algunos módulos de los últimos dos años del nivel de enseñanza media; todos o algunos módulos en el último año de la Formación Diferenciada Técnico Profesional.

      1.4. El establecimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR