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Resolución núm. 1362 EXENTA, publicada el 06 de Octubre de 2015. DESIGNA REPRESENTANTES EN EL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Rango de LeyResolución

DESIGNA REPRESENTANTES EN EL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Núm. 272/1.362 exenta.- Santiago, 24 de septiembre de 2015.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley 19.032, que Reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.798, de 2014, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2015; la Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; el Instructivo Presidencial Nº 007, de 2014, sobre Participación Ciudadana; la resolución exenta Nº 272/697, de 26 de junio de 2012, que aprueba Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio Secretaría General de Gobierno, y sus posteriores modificaciones; el memorándum Nº 410/28, del 8 de septiembre de 2015; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón;

Considerando:

  1. - Que, al Ministerio Secretaría General de Gobierno le corresponde constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las diversas organizaciones sociales, cualquiera sea su naturaleza.

  2. - Que, de acuerdo a lo indicado en Instructivo Presidencial Nº 007, de 6 de agosto de 2014, los Consejos de la Sociedad Civil constituyen una instancia relevante para asegurar la participación de la ciudadanía en todo el ciclo de la gestión de políticas públicas, tanto en su diseño, ejecución y finalmente evaluación.

  3. - Que, el Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil de este Ministerio establece el mecanismo de elección de los consejeros, el cual debe desarrollarse con no más de 80 ni menos de 60 días de anticipación al término del periodo de los consejeros en ejercicio, a través de votación electrónica en la página web del Ministerio.

  4. - Que, producto de la votación realizada conforme lo prescribe el procedimiento de elección del Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil, el Ministerio ha publicado en su página web aquellos candidatos que resultaron electos.

    Resuelvo:

    Desígnase a los representantes de la Sociedad Civil, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, en la forma que se indica:

  5. José María Molina Ramos, cédula de identidad Nº 7.346.957-0, Junta...

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