Resolución núm. 1292 EXENTA, publicada el 07 de Agosto de 2015. EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD, ESTABLECIENDO NUEVAS REGULACIONES PARA EL INSTRUMENTO 'NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD'; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO 'NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD' - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 579827286

Resolución núm. 1292 EXENTA, publicada el 07 de Agosto de 2015. EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD, ESTABLECIENDO NUEVAS REGULACIONES PARA EL INSTRUMENTO 'NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD'; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO 'NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD, ESTABLECIENDO NUEVAS REGULACIONES PARA EL INSTRUMENTO "NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD"; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO "NODOS PARA LA COMPETITIVIDAD"

Núm. 1.292 exenta.- Santiago, 30 de julio de 2015.

Visto:

  1. El Acuerdo del H. Consejo Nº 2.770, de 2013, que consolida las normas que regulan al Comité de Asignación de Fondos - CAF y a los Comités de Asignación Zonal de Fondos - CAZ, puesto en ejecución por la resolución (A) Nº28, de 2013, del Vicepresidente Ejecutivo, en cuya letra A.21 se señala que se ha delegado en el CAF la facultad de "Modificar y poner término a los Instrumentos y Programas creados por el Consejo de CORFO, cuya administración se encuentre entregada a la actual Gerencia de Competitividad. Las modificaciones podrán decir relación con cualquiera de los elementos, condiciones y requisito establecidos en el acto de creación".

  2. La resolución (E) Nº 1.206, de 2013, del Gerente de Competitividad, hoy Gerente de Desarrollo Competitivo de CORFO, que "Modifica Reglamento del instrumento Nodos para la Competitividad" y aprueba su texto refundido.

  3. El Acuerdo alcanzado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en su sesión Nº 12/2015, de 24 de junio de 2015, que estableció nuevas regulaciones para el instrumento Nodos para la Competitividad.

  4. Que, además, es oportuno adecuar la normativa de dicho instrumento, particularmente en lo que se refiere al tipo de convenios que los Agentes Operadores suscriben con CORFO y en cuanto a la nueva denominación de la Gerencia.

  5. Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  6. Las facultades que me confiere la resolución (A) Nº 28, de 2013, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que aprueba el Reglamento del Comité de Asignación de Fondos - CAF y Comités de Asignación Zonal de Fondos - CAZ; la resolución (E) Nº 143, de 2014, que me designó como Gerente de Desarrollo Competitivo, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo adoptado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en su sesión Nº 12, de 24 de junio de 2015, que resolvió lo siguiente:

    1. Déjanse sin efecto los acuerdos adoptados por unanimidad por el Comité de Asignación de Fondos - CAF en sus sesiones 10/2013, 14/2013 y 21/ 2013, de 21 de junio, 14 de agosto y 25 de noviembre de 2013, que aprobaron y modificaron el instrumento "Nodos para la Competitividad", acuerdos ejecutados por resoluciones (E) Nº 654, Nº 824 y Nº 1.206, todas ellas del Gerente de Competitividad, hoy Gerente de Desarrollo Competitivo.

    2. Apruébase la creación del instrumento "Nodos para la Competitividad". Para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la resolución (A) Nº 28, de 2013, se establece que:

  7. - Su objetivo general es generar y articular redes entre emprendedores/as, micro y/o pequeñas empresas, impulsando la colaboración entre pares, la vinculación con actores relevantes de la industria y con las fuentes de información y conocimiento, contribuyendo así a mejorar su innovación y competitividad.

    Sus objetivos específicos son:

    . Identificar oportunidades de desarrollo y problemáticas comunes entre emprendedores/as, micro y/o pequeñas empresas, susceptibles de ser trabajadas en el marco de un Nodo.

    . Promover, apoyar y facilitar la colaboración entre pares para la creación y gestión de redes empresariales, como fuente de creación de valor y nuevos negocios.

    . Promover, apoyar y facilitar la incorporación de capacidades y competencias de gestión, metodologías, herramientas y buenas prácticas, en emprendedores/as, micro y/o pequeñas empresas.

    . Promover, apoyar y facilitar la vinculación de emprendedores/as, micro y/o pequeñas empresas con actores relevantes de la industria y con las fuentes de información y conocimiento.

  8. - El plazo de ejecución para realizar las actividades del Proyecto no podrá ser superior a 2 años, debiendo renovarse anualmente.

  9. - Los participantes de estos proyectos son los siguientes:

    Beneficiario Ejecutor

    Es Beneficiario/a Ejecutor/a toda persona natural o jurídica con experiencia en la generación y articulación de redes, cuya función será la ejecución y gestión técnica del proyecto.

    Deberá poseer las capacidades técnicas suficientes conforme el objeto del instrumento y las características específicas del proyecto, así como contar con un giro u objeto idóneo, para lo cual se tendrá como antecedentes su currículum personal o institucional y aquellos datos que consten en la declaración de iniciación de actividades.

    Previo a la transferencia de los recursos, el Beneficiario Ejecutor deberá acreditar encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones de seguridad social y seguro de desempleo.

    Además, si fuere una persona jurídica, deberá acreditar encontrarse al día en el pago del impuesto a que se refieren los números 3, 4 y 5 del artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (Primera Categoría) y, tratándose de personas naturales, encontrarse al día en el pago del Impuesto Global Complementario o del Impuesto Único a los trabajadores dependientes (Nº 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a...

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