Resolución núm. 1226 EXENTA, publicada el 24 de Febrero de 2017. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 667204629

Resolución núm. 1226 EXENTA, publicada el 24 de Febrero de 2017. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS

Santiago, 21 de febrero de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.226 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo dispuesto en su artículo 13;

  2. La resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006;

  3. El decreto N° 39, de fecha 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba reglamento para la dictación de planes de prevención y de descontaminación.

  4. El decreto N° 8, de fecha 27 de febrero de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece plan de descontaminación atmosférica para las comunas de Temuco y Padre Las Casas, y

Considerando:

  1. La alta contaminación atmosférica presente en las comunas de Temuco y Padre Las Casas, de la Región de la Araucanía; requiriendo mejorar el acondicionamiento térmico de las viviendas con el fin de reducir el consumo de combustibles y contribuir a rebajar los gastos fijos de las familias.

  2. La necesidad de atender el máximo de familias que requieran acondicionar térmicamente sus viviendas para mejorar su eficiencia energética y estándar de confort térmico, en especial aquellas que residen en zonas que se encuentran saturadas de material particulado, dicto la siguiente

Resolución:

PÁRRAFO 1 °: Disposiciones generales
  1. Llámase a postulación extraordinaria en condiciones especiales, a todas las familias de las comunas de Temuco y Padre Las Casas que cumplan con los requisitos que se establecen para el presente proceso de postulación, en modalidad individual o colectiva, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento de subsidios de Acondicionamiento Térmico para viviendas emplazadas en zonas de las comunas vinculadas al Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) a que se refiere el decreto citado en el Visto d), de la presente resolución.

  2. Los cierres de las postulaciones de este llamado serán los días 28 de febrero y 7 de marzo, pudiendo participar en ellas las familias cuyos proyectos hayan sido calificados previo a dichas fechas.

  3. El monto destinado a este llamado será de 111.636,5 UF y el número de proyectos seleccionados alcanzará hasta la cantidad de subsidios susceptibles de financiar con estos recursos incluidos los servicios de Asistencia Técnica que correspondan.

PÁRRAFO 2 °: Del Financiamiento del Proyecto
  1. El financiamiento de los proyectos de las familias postulantes al presente llamado, estará compuesto por los recursos señalados en el punto anterior. Las fuentes de financiamiento de estos proyectos comprenderán el ahorro del postulante, el monto de subsidio y el financiamiento adicional que se aplicará supletoriamente, según los casos que se especifiquen a continuación.

4.1 Del Ahorro

4.1.1 Las familias interesadas en postular al presente llamado, deberán acreditar un ahorro mínimo de 3 Unidades de Fomento según lo indicado en el artículo 9° del DS N° 255 (V. y U.), de 2006.

4.1.2 Excepcionalmente, a los postulantes que pertenezcan al 60% más vulnerable o con menores ingresos de la población y que tengan 60 o más años de edad, él o su cónyuge o conviviente, considerando los que cumplen 60 años durante el año calendario de la postulación, les será exigible un ahorro mínimo equivalente a 1 Unidad de Fomento. En estos casos, el monto base de subsidio a que se refiere el punto 4.2.1 de la presente resolución, se incrementará en 2 Unidades de Fomento.

Esta misma condición aplicará cuando el postulante, su cónyuge o conviviente civil, cuenten con algún tipo de discapacidad, la cual ha sido acreditada ante el Serviu respectivo.

4.1.3 Las familias del tramo entre el 60% y el 70% según la Calificación Socioeconómica que requieran aplicar el Incremento por Complejidad Técnica, deberán aportar...

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