Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2016. APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO 'CRECE - FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS', CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 632691425

Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2016. APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO 'CRECE - FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS', CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO "CRECE - FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS", CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS

Núm. 10 exenta.- Valdivia, 8 de abril de 2016.

Visto:

  1. La resolución (A) Nº 51 de fecha 7 de mayo de 2015, tomada razón por la Contraloría General de la República el día 5 de junio del mismo año, que ejecutó parcialmente el Acuerdo singularizado en el visto anterior, y aprobó el Reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de la Región de Los Ríos, en adelante "el Comité", y su modificación mediante la Res. (A) Nº 143 de 2015, de CORFO.

  2. La resolución (E) Nº 1.709 de 2015, de la Vicepresidencia Ejecutiva de CORFO, por la cual, en armonía con lo dispuesto en el artículo primero transitorio del Reglamento del Comité precitado, el Vicepresidente Ejecutivo determina la fecha de inicio de funciones del Comité, el día 6 de octubre de 2015.

  3. El Acuerdo alcanzado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en sesión especial, de 8 de abril de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Crece - Fondo de Desarrollo de Negocios"; y la resolución (E) Nº 8, de 2016, del Director Ejecutivo del Comité, que ejecutó los acuerdos adoptados en dicha sesión.

  4. La visación entregada por el VPE de CORFO para la creación del instrumento de referencia.

  5. Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.

  6. Lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  7. Las facultades que me otorga la resolución (A) Nº 51, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, ya citada; la resolución (E) Nº 274, de 5 de octubre de 2015, por la cual se me designa Director Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional, designación realizada por el Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, previa consulta con el Intendente Regional; en relación con la resolución TRA Nº 121498/1/2016, que aprueba contrato de trabajo por el cual se le asigna la función de Director Ejecutivo; y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Apruébase, el siguiente Reglamento para el Instrumento "Crece - Fondo de Desarrollo de Negocios":

    REGLAMENTO

    "CRECE - FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS"

  8. OBJETO DEL INSTRUMENTO.

    Fortalecer la gestión de empresas, apoyando la mejora de sus planes de trabajo para acceder a nuevas oportunidades de negocio y/o mantener las existentes, que incluyan acciones de gestión empresarial e inversiones en bienes necesarios para su cumplimiento.

    En el marco de este instrumento, cada empresa implementará un Plan de Trabajo, compuesto por "Acciones de Gestión Empresarial", que le permitan desarrollar competencias y capacidades, así como por un "Plan de Inversiones", que le posibilite acceder a nuevas oportunidades de negocio y/o mantener las existentes, potenciando su crecimiento, consolidación y/o acceso a nuevos negocios.

  9. BENEFICIARIOS/AS.

    Para...

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