Decreto 235 - APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LA LEY Nº 19.949, QUE CREA EL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL DENOMINADO CHILE SOLIDARIO

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Decreto 235 - APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LA LEY Nº 19.949, QUE CREA EL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL DENOMINADO CHILE SOLIDARIO

APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LA LEY Nº 19.949, QUE CREA EL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL DENOMINADO "CHILE SOLIDARIO"

Santiago, 25 de noviembre de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 235.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y

Considerando: Que es necesario reglamentar la aplicación de la ley Nº 19.949, que crea el sistema de protección social denominado "Chile Solidario", dirigido a las familias y sus integrantes en situación de extrema pobreza, cuyo objetivo es promover su incorporación a las redes sociales y su acceso a mejores condiciones de vida,

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento para la aplicación de la ley Nº 19.949, que crea el sistema de protección social denominado "Chile Solidario":

TITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º: El Sistema de Protección Social Chile Solidario, en adelante "Chile Solidario", establecido en la ley Nº 19.949, se regirá por las normas contenidas en ese cuerpo legal y las consignadas en el presente Reglamento.

Cuando en este Reglamento se haga referencia a Sistema, se entenderá hecha a Chile Solidario.

Artículo 2º: Chile Solidario considera las siguientes prestaciones y acciones para las familias en situación de extrema pobreza:

a) Apoyo Psicosocial, según lo establecido en el artículo 4º de la ley Nº 19.949.

b) Subsidio Familiar de la ley Nº 18.020, de 1981;

c) Pensiones Asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975;

d) Subsidio al Pago de Consumo de Agua Potable y de Servicios de Alcantarillado de Aguas Servidas de la ley Nº 18.778, de 1989;

e) Subsidio Pro Retención Escolar, de la ley Nº 19.873, de 2003;

f) Acceso preferente a otras acciones o prestaciones que se implementen o coordinen a través de Chile Solidario;

g) Bono de Protección, según lo establecido en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.949, y h) ...

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