Decreto 617 - MODIFICA DECRETO Nº 518, DE 1998, QUE APRUEBA 'REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS'
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 20 de Diciembre de 2011 |
MODIFICA DECRETO Nº 518, DE 1998, QUE APRUEBA "REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS"
Santiago, 16 de septiembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 617.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto Nº 1.597, de 1980, que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; lo prescrito en los artículos 80 y 86 del Código Penal; en los artículos 290, 291, 292 y 293 del Código de Procedimiento Penal; lo establecido en los artículos 89, 93 94, 134, 150, 195, 197, 348 y 467 del Código Procesal Penal; lo contemplado en los artículos 3º, 8º, 15º y 16º del decreto ley Nº 2.859, de 1979, con sus modificaciones posteriores, que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, con fecha 21 de agosto de 1998, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que Aprueba "Reglamento de Establecimientos Penitenciarios".
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Que el Supremo Gobierno ha dispuesto un Programa de Mejoramiento de las Condiciones Carcelarias, que tiene como fin último el establecimiento de medidas que dignifiquen las condiciones de vida de las personas privadas de libertad.
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Que es necesario modificar el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, para permitir la incorporación de las medidas implementadas.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo Nº 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que Aprueba "Reglamento de Establecimientos Penitenciarios", en la forma que a continuación se indica:
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- Agréganse en el artículo 6º, los siguientes incisos cuarto y quinto:
"Los internos que hayan cumplido su condena en un establecimiento penitenciario de régimen cerrado, podrán al momento de su egreso pernoctar extraordinariamente hasta las 07:00 horas del día siguiente al de la fecha de su cumplimiento, siempre y cuando lo soliciten como medida...
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