Decreto núm. 67, publicado el 17 de Febrero de 2014. APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 20.670, QUE CREA EL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 492754862

Decreto núm. 67, publicado el 17 de Febrero de 2014. APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 20.670, QUE CREA EL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 3º DE LA LEY Nº 20.670, QUE CREA EL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO

Núm. 67.- Santiago, 25 de noviembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 20.670, que Crea el Sistema "Elige Vivir Sano"; en lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en las demás normas aplicables.

Considerando:

Que, con fecha 31 de mayo de 2013, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.670, que Crea el Sistema Elige Vivir Sano, la cual tiene por objeto promover hábitos y estilos de vida saludables para mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas.

Que, el artículo 3º de la ley citada, en su inciso primero, dispone que el Sistema Elige Vivir Sano será un modelo de gestión constituido por políticas, planes y programas elaborados y ejecutados por distintos organismos del Estado, destinados a contribuir a generar hábitos y estilos de vida saludables y a prevenir y disminuir los factores y conductas de riesgo asociados a las enfermedades no transmisibles.

Que, por su parte, el mismo artículo en su inciso segundo, dispone que un Reglamento determinará el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva y establecerá las normas necesarias para la administración, coordinación, supervisión y evaluación del Sistema.

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento del artículo 3º de la ley Nº 20.670, que Crea el Sistema Elige Vivir Sano:

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 y 2

Normas Generales

Artículo 1

El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano, en adelante "la Secretaría", y establecer las normas necesarias para la administración, coordinación, supervisión y evaluación del Sistema a que se refiere la ley Nº 20.670, en adelante "el Sistema". Asimismo, el presente Reglamento establece disposiciones que tienen por objetivo la determinación de las acciones del referido Sistema a las que se podrá acceder como consecuencia de su implementación, con consideración de los sujetos que, individual o colectivamente, puedan acceder a ellas según corresponda para cada caso.

Para este objetivo, el presente Reglamento identifica los requisitos de las políticas, planes y programas que se elaborarán e implementarán en el marco de la ley Nº 20.670, los criterios generales a los que se someterá el establecimiento de estándares en materia de publicidad, promoción y responsabilidad social empresarial que deberán cumplir las empresas e instituciones privadas para efecto de lo establecido en el inciso tercero del artículo de la ley Nº 20.670.

Artículo 2 Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
  1. Ley: La ley Nº 20.670.

  2. Ministerio: El Ministerio de Desarrollo Social.

  3. Sistema: El Sistema Elige Vivir Sano a que se refiere el inciso primero del artículo de la ley Nº 20.670.

  4. Enfermedades no transmisibles: Aquellas derivadas de hábitos y estilos de vida no saludables y aquellos factores y conductas de riesgo, asociadas a ellas, determinadas a través de una resolución dictada por el Ministerio de Salud y suscrita además por el Ministerio de Desarrollo Social.

  5. Hábitos y estilos de vida saludables: Aquellos que propenden y promueven una alimentación saludable, el desarrollo de actividad física, la vida familiar y las actividades al aire libre, como también aquellas conductas y acciones que tengan por finalidad contribuir a prevenir, disminuir o revertir los factores y conductas de riesgo asociados a las enfermedades no transmisibles.

  6. Promoción y publicidad: Cualquier forma de incentivo, difusión, comunicación, recomendación, propaganda, práctica o marketing destinada a fomentar hábitos y estilos de vida saludables en la población o informar sobre acciones referidas a dichos hábitos y estilos.

  7. Responsabilidad Social Empresarial: Contribución activa y voluntaria al desarrollo humano saludable, a través del compromiso y la confianza, que se implementa directamente por una entidad privada, y que tiene por sujetos beneficiarios a los dependientes de dicha entidad, sus familias, y la sociedad en su conjunto o a un segmento de ésta, considerando como ámbito de acción preferente la comunidad local, y que tiene por finalidad mejorar la salud, los hábitos y la calidad de vida de las personas.

TÍTULO SEGUNDO Artículos 3 a 7

De la Administración, Coordinación, Supervisión y Evaluación del Sistema y de la Secretaría Ejecutiva

Párrafo 1º De la Administración, Coordinación y Supervisión del Sistema Artículos 3 a 6
Artículo 3

El Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano.

dependiente de la Subsecretaría de Servicios Sociales, tendrá a su cargo la administración, coordinación y supervisión de la implementación del Sistema.

La Secretaría coordinará, especialmente, las siguientes acciones:

  1. La ejecución de políticas, planes y programas que en el marco del Sistema desarrollen los distintos órganos de la Administración del Estado y de las instituciones privadas que participen de éste.

  2. La acción de entidades privadas en el marco de los convenios que éstas suscriban con el Ministerio de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del artículo de la ley Nº 20.670.

  3. Las acciones y prestaciones que, en el marco del Sistema, se entreguen o implementen en favor de personas y familias, las que deberán ser incorporadas al Registro de Información del Sistema Elige Vivir Sano a que se refiere el Título Sexto del presente reglamento.

  4. Todas aquellas acciones necesarias para coordinar el Sistema.

Artículo 4

En el cumplimiento de sus funciones, la Subsecretaría de Servicios Sociales podrá realizar las siguientes acciones:

  1. Dictar y aprobar, por medio de uno o más actos administrativos, las orientaciones que sean necesarias para la adecuada implementación y ejecución del Sistema.

  2. Coordinar a los organismos públicos e instituciones privadas en la implementación del Sistema y el cumplimiento de los objetivos de éste.

  3. Aprobar por medio de un acto administrativo las bases administrativas a que se sujetará la suscripción de convenios con entidades privadas con fines de lucro.

  4. Establecer estándares en materia de publicidad, promoción y responsabilidad social empresarial que deberán cumplir las empresas e instituciones privadas para efecto de lo establecido en el inciso tercero del artículo de la ley Nº 20.670.

  5. Remitir el informe elaborado por la Secretaría Ejecutiva del Sistema al Comité Interministerial de Desarrollo Social, regulado en la ley Nº 20.530, a que se refiere el artículo 7º de la ley Nº 20.670.

  6. Administrar el Registro de Información del Sistema Elige Vivir Sano a que se refiere el Título Sexto del presente reglamento, y de la gestión de los ejecutores de las políticas, planes y programas de éste.

  7. Colaborar en la coordinación de la planificación presupuestaria y técnica del Sistema.

  8. Proponer a quien corresponda las acciones o medidas que permitan la ampliación o reducción de la oferta de prestaciones y servicios, destinados a los usuarios y beneficiarios del Sistema.

  9. Adoptar y ejecutar toda otra medida o dictar los actos administrativos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR