Resolucion núm. 272, el 13 de Septiembre de 2006. APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCION Y ATRACCION DE INVERSIONES A REGIONES - TODOCHILE - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470519898

Resolucion núm. 272, el 13 de Septiembre de 2006. APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCION Y ATRACCION DE INVERSIONES A REGIONES - TODOCHILE

EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCION Y ATRACCION DE INVERSIONES A REGIONES - TODOCHILE

Santiago, 26 de julio de 2006.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 272.- Visto:

  1. El Acuerdo de Consejo Nº 2.090, de 2000, que creó el Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones - TODOCHILE.

  2. El Acuerdo de Consejo Nº 2.211, de 2002, que reemplaza el Acuerdo de Consejo N° 2.090, de 2001.

  3. La Resolución (A) Nº 104, de 2002, que aprobó el texto del Reglamento del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones - TODOCHILE.

  4. Los Acuerdos de Consejo Nº 2352, de 2005 y Nº 2386 y N°2.399, ambos de 2006, que modifican el Acuerdo de Consejo Nº2.211.

  5. El Reglamento no ha permitido hacerse cargo de las diversas situaciones que se han presentado durante la operación del Programa, por lo cual se hace necesario modificarlo y aprobar un nuevo texto de dicho Reglamento.

  6. Lo dispuesto en la Ley N° 19.880; las facultades que me confiere el Reglamento General de la Corporación, así como lo previsto en la Resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, todas del mismo organismo.

    Resuelvo:

    1. Déjase sin efecto el Reglamento del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones TODOCHILE, aprobado por la Resolución (A) Nº 104, de 2002.

    2. Apruébase el siguiente nuevo texto refundido del Reglamento del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones - TODOCHILE:

    REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCION Y ATRACCION DE

    INVERSIONES A REGIONES - TODOCHILE

    1. ANTECEDENTES GENERALES

      I.1 OBJETIVO GENERAL

      El Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones - TODO CHILE, en adelante el Programa TODOCHILE, tiene por objetivo general facilitar la promoción, atracción y materialización de inversiones en regiones y por esta vía lograr la creación de más y mejores empleos productivos, con el fin de contribuir a una mejor calidad de vida de las personas que habitan el territorio.

      I.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

      a) Contribuir a consolidar la política de Desarrollo Productivo Regional, mediante el apoyo a los procesos de descentralización y el fortalecimiento de las capacidades de gestión de las instituciones regionales y locales, que participan en la implementación de la estrategia de fomento productivo que lideran los Gobiernos Regionales.

      b) Contribuir en la definición de la identidad productiva de las distintas regiones del país, promoviendo sus ventajas competitivas y la diferenciación productiva con que cuentan, con el objeto de atraer inversiones.

      c) Fomentar la capacidad de planificación estratégica y coordinación de los instrumentos y programas de fomento y la cooperación entre actores públicos y privados en favor de la promoción, atracción y materialización de los flujos de inversiones productivas en las regiones, de modo de aprovechar de mejor manera el potencial y las oportunidades para el crecimiento económico que estas regiones poseen.

      d) Generar un entorno favorable a la atracción y materialización de inversiones, mediante el establecimiento de capacidad local, servicios integrados, especialistas y equipos facilitadores regionales al servicio de las necesidades del inversionista local, nacional o extranjero.

      e) Contribuir a la materialización de nuevas inversiones productivas regionales, derivadas del esfuerzo público y privado en el ámbito del fomento al emprendimiento de nuevos negocios y la innovación tecnológica empresarial.

      Para los efectos de la aplicación de los beneficios de este Programa se excluyen del concepto de inversiones productivas, las siguientes: i) Las inversiones inmobiliarias, salvo aquellas que estén destinadas expresamente al desarrollo de la actividad turística.

      ii) Las inversiones destinadas a actividades meramente comerciales, tales como, comercio minorista, supermercados y, en general, todas aquellas inversiones cuyo objeto sea la mera transferencia o desplazamiento de bienes, que no agreguen un componente de valor consistente en la generación de nuevos bienes y servicios de carácter productivo.

    2. LINEAS DE FINANCIAMIENTO

      El Programa TODOCHILE comprende dos líneas de financiamiento:

      . SUBSIDIO A ESTUDIOS DE PREINVERSION O DE ASESORIAS ESPECIALIZADAS EN LA ETAPA DE PREINVERSIÓN

      . PROGRAMAS DE INVERSION

    3. SUBSIDIO A ESTUDIOS DE PREINVERSION O DE ASESORIAS ESPECIALIZADAS EN LA ETAPA DE PREINVERSION.

      III.1 Tipos de Estudios o Asesorías financiables.

      Se podrán financiar los siguientes tipos de Estudios o Asesorías:

  7. Estudios de preinversión destinados a determinar la prefactibilidad de una futura inversión.

  8. Estudios de preinversión destinados a determinar la factibilidad de una futura inversión.

  9. Otros estudios necesarios para la materialización de una determinada inversión, tales como:

    estudios de declaraciones de impacto ambiental, estudios de impacto ambiental, estudios de mecánica de suelos, estudios arquitectónico, estudios de ingeniería, entre otros, y

  10. Asesorías especializadas en la etapa de preinversión necesarias para materializar el Proyecto de inversión.

    Las empresas postulantes podrán solicitar el subsidio, ya sea, para estudios de preinversión o asesorías especializadas; o bien, en forma proporcional para unos u otros. La postulación para estos efectos podrá ser simultánea o...

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