Resolución núm. 2145 EXENTA, publicada el 09 de Diciembre de 2013. MODIFICA VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE APROBACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE REFRIGERADORES, CONGELADORES Y REFRIGERADORES-CONGELADORES - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 480375086

Resolución núm. 2145 EXENTA, publicada el 09 de Diciembre de 2013. MODIFICA VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE APROBACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE REFRIGERADORES, CONGELADORES Y REFRIGERADORES-CONGELADORES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

MODIFICA VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE APROBACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE REFRIGERADORES, CONGELADORES Y REFRIGERADORES-CONGELADORES

Núm. 2.145 exenta.- Santiago, 12 de noviembre de 2013.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.410, orgánica de esta Superintendencia; el decreto supremo Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, mediante la resolución exenta Nº 1.334, de fecha 02.10.2006, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, se aprobó el Protocolo Eléctrico de Eficiencia Energética PE Nº 1/17/2, de fecha 02.10.2006 para los productos eléctricos refrigeradores, congeladores y refrigeradores-congeladores, debiéndose, por consecuencia, previamente a su comercialización, someterse a las exigencias establecidas en tal acto administrativo.

  2. Que, en el Protocolo Eléctrico de Eficiencia Energética PE Nº 1/17/2, de fecha 02.10.2006, se estableció que los Certificados de Eficiencia Energética de los productos eléctricos refrigeradores, congeladores y refrigeradores-congeladores tendrán una vigencia de un año, sin necesidad de seguimientos, cuando su alcance se defina mediante control regular de los productos, según reza el punto 1.4. del capítulo III del protocolo en comento.

  3. Que, a fines del año 2012 y durante este año 2013 se han realizado fiscalizaciones a los Laboratorios de Ensayos de Eficiencia Energética para estos productos, que dieron por resultando la suspensión de los Laboratorios Calidad y Certificaciones Ltda. (CyC), Silab Ingenieros Ltda. y Cesmec S.A., produciéndose una disminución notoria de la capacidad de ensayos en Chile, actualmente se encuentran con autorización vigente Silab Ingenieros Ltda., Ingcer Ltda. y Lenor Chile (en convenio con Laboratorio Argentino Lenor S.R.L).

  4. Que, posterior al estudio "Ensayos Inter-Laboratorios de Eficiencia Energética para Refrigeradores - 2012", los Laboratorios de Ensayos han realizado revisiones y mejoras en los procedimientos de ensayo y aplicabilidad de la norma técnica ISO 15502:2005, lo cual ha ocasionado que los tiempos de ejecución de ensayos sean más prolongados, principalmente en los tiempos de estabilización y la medición de consumo de energía por interpolación.

  5. Que, una parte relevante de las unidades...

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