Decreto 1460 - RATIFICA PROCESO DE PLAN REGULADOR DE PICHIDEGUA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PICHIDEGUA |
Rango de Ley | Decreto |
RATIFICA PROCESO DE PLAN REGULADOR DE PICHIDEGUA
Pichidegua, 8 de junio de 2006.- La Alcaldía ha decretado hoy lo que sigue:
Núm. 1.460.- Considerando:
Los estudios del Plan Regulador de Pichidegua y Pataguas Cerro.
El decreto alcaldicio Nº 296 de fecha 02/02/2006 que aprueba Proceso del Plan Regulador de Pichidegua y Pataguas Cerro.
La sesión Nº 73 de fecha 5 de junio de 2006, del Concejo Municipal donde se ratifica la aprobación del Plan Regulador Comunal de Pichidegua y Pataguas Cerro en las condiciones que se encuentra actualmente.
Vistos: Las facultades que me confiere la ley 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
Decreto :
Apruébase el Plan Regulador Comunal de Pichidegua y Pataguas Cerro para su publicación en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y archívese.- Marie Jeanne Lyon Amand de Mendieta, Alcaldesa de Pichidegua.
Lo que comunico a Ud. para los fines consiguientes.- María Ester Salazar Arancibia, Secretaria Municipal.
PLAN REGULADOR COMUNAL DE PICHIDEGUA
ORDENANZA LOCAL
La presente Ordenanza Local del Plan Regulador de PICHIDEGUA en adelante la Ordenanza, define el límite urbano del área planificada, las diversas zonas que la integran con los usos del suelo correspondientes a cada una de ellas, la vialidad estructurante, y las condiciones para la subdivisión, urbanización del terreno y de edificación. Esta normativa conforma un sólo cuerpo legal con el plano de zonificación en el que están graficadas algunas de ellas.
El área territorial de PICHIDEGUA normada por esta Ordenanza Local corresponde al área urbana comprendida en la línea poligonal cerrada definida por los puntos 1 al 24, que constituyen el límite urbano. La descripción de los puntos y tramos del límite urbano se detalla en el Artículo 6°. de la presente Ordenanza.
En todo lo no previsto expresamente por la presente Ordenanza, regirán las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. 458 del MINVU, D.O. 13-4-76), de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. 47 del MINVU, D.O. 19-5-92) y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
De conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponderá a la Dirección de Obras Municipales de PICHIDEGUA la aplicación de las normas contenidas en la presente Ordenanza, y a la Secretaría Ministerial Regional de Vivienda y Urbanismo la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 4° y 12° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. La aprobación por la Dirección de Obras Municipales de subdivisiones, loteos y/o construcciones fuera del límite urbano, se atendrá a lo dispuesto en el artículo 55º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y Decreto Ley 3516 de 1980 sobre subdivisión de Predios Rústicos.
La contravención a las disposiciones de la presente Ordenanza será sancionada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 20º al 26º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
DESCRIPCION DEL LIMITE URBANO DE PICHIDEGUA.
El límite urbano de PICHIDEGUA, que comprende el área ya urbanizada y de futura expansión, está definido por los puntos y tramos que se describen a continuación:
PUNTO DESCRIPCION DEL PUNTO DESCRIPCION DEL TRAMO
-
Intersección de línea
perpendicular al eje de
Av. Santa María, trazada
a hacia el sur de ésta,
a partir de la prolongación
de la línea de fondos de
sitio que enfrentan a
calle Poniente, con línea
paralela a Av. Santa María,
trazada a 550 m al sur de
su eje. Tramo 1-2
Línea perpendicular al
eje de Av. Santa María,
trazada a partir de la
línea de fondo de predios
trazada al poniente de
calle Poniente, que une
los puntos 1 y 2.
-
Intersección de línea
perpendicular al eje de
Av. Santa María trazada
a lo largo de la línea
de fondo de predios del
costado poniente de calle
Poniente, con línea
paralela a Av. Santa
María, trazada a 180 m
al norte el Pasaje
Cuatro. Tramo 2-3
Línea recta paralela a
Av. Santa María, trazada
a 180 m al norte del
Pasaje Cuatro, que une
los puntos 2 y 3.
-
Intersección de línea
recta paralela a Av.
Santa María, trazada a
180 m al norte del Pasaje
Cuatro, con línea paralela
a calle Oriente, trazada
a 50 m al oriente de su
eje. Tramo 3-4
Línea recta paralela a
Calle Oriente, trazada a
50 m al oriente de su
eje, que une los puntos
3 y 4
-
Intersección de línea
paralela a calle Oriente
trazada a 50 m al oriente
de su eje, con línea
paralela a Av. Santa
María trazada a 150 m al
norte de su eje. Tramo 4-5
Línea quebrada trazada
paralelamente a Av. Santa
María, a 150m al norte de
su eje, que une los
puntos 4 y 5.
-
Intersección de línea
paralela a Av. Santa
María trazada a 150 m
al norte de su eje, con
línea paralela a calle
Parroquial, trazada a
100 m al poniente de
su eje. Tramo 5-6
Línea paralela a calle
Parroquial, trazada 100
m al poniente de su eje,
que une los puntos 5 y 6.
-
Intersección de la
prolongación de línea
paralela a calle
Parroquial, trazada a 100
m al poniente de su eje,
con línea paralela al
Canal El Molino trazada
a 180 m al norte de
éste. Tramo 6-7
Línea paralela al Canal
El Molino trazada a 180 m
al norte de aquel, que
une los puntos 6 y 7.
-
Intersección de línea
paralela trazada a 180
m al norte del Canal el
Molino, con la
prolongación de línea
trazada a partir del eje
de calle El Damasco. Tramo 7-8
Línea recta
correspondiente a la
prolongación del eje de
calle El Damasco hacia el
norte, que une los puntos
7 y 8.
-
Intersección de la
prolongación del eje de
la calle El Damasco con
el Canal El Molino. Tramo 8-9
Línea sinuosa
correspondiente al
trazado del Canal El
Molino, que une los
puntos 8 y 9.
-
Intersección del Canal
El Molino con el eje de
calle Los Cerezos. Tramo 9-10
Línea sinuosa que corre
parcialmente por franja
de protección al canal de
descarga que unirá el
canal Pichidegua con el
Canal El Molino, y que
continúa por línea de
fondo de sitios que
enfrentan a la Av.
Ignacio Carrera Pinto que
une los puntos 9 y 10.
-
Intersección del eje del
Callejón Los Paltos, con
línea paralela a Av.
Ignacio Carrera Pinto
trazada a 150 m al norte
de su eje. Tramo 10-11
Línea paralela a la Av.
Ignacio Carrera Pinto,
trazada a 150 m al norte
de su eje, que une los
puntos 10 y 11.
-
Intersección de línea
paralela a Av. Ignacio
Carrera Pinto trazada a
150 m al norte de su eje,
con línea paralela a calle
Los Suspiros, trazada a
150 m al oriente de su
eje. Tramo 11-12
Línea recta paralela a
calle Los Suspiros,
trazada a 150 m al
oriente de su eje, que
une los puntos 11 y 12.
-
Intersección de línea
paralela a calle Los
Suspiros, trazada a 150
m al oriente de su eje,
con línea paralela a Av.
Ignacio Carrera Pinto
trazada a 400 m al sur
de su eje. Tramo 12-13
Línea paralela a Av.
Ignacio Carrera Pinto,
trazada a 400 m al sur
de su eje, que une los
puntos 12 y 13.
-
Intersección de línea
paralela a Av. Ignacio
Carrera Pinto, trazada a
400 m al sur de su eje,
con línea paralela a calle
Los Guindos trazada a 50 m
al poniente de su eje. Tramo 13-14
Línea paralela a calle
Los Guindos, trazada a 50
m al poniente de su eje,
que une los puntos 13
y 14.
-
Intersección de línea
paralela a calle Los
Guindos, trazada a 50
m al poniente de su eje,
con línea paralela a Av.
Ignacio Carrera Pinto,
trazada 250 m al sur de
su eje. Tramo 14-15
Línea paralela a Av.
Ignacio Carrera Pinto,
trazada a 250 m al sur
de su eje, que une los
puntos 14 y 15.
-
Intersección de línea
paralela a Av. Ignacio
Carrera Pinto, trazada
250 m al sur de su eje,
con línea trazada en los
fondos de sitios del
costado oriente de calle
El Maitén. Tramo 15-16
Línea paralela a calle El
Maitén trazada a 110m,
que une los puntos 15 y
-
Intersección de línea
trazada en los fondos de
sitios del costado
oriente de calle El
Maitén, con línea
paralela a fondos de
sitios terminales de
calle El Maitén, trazada
a 100m al sur de ellos. Tramo 16-17
Línea paralela a fondos
de sitios terminales de
calle El Maitén trazada
a 100m al sur de ellos,
que une los puntos 16
y 17.
-
Intersección de línea
paralela a fondos de
sitios terminales de
calle El Maitén, trazada
a 100m al sur de ellos,
con línea paralela al
fondo de sitios de calle
Mateo de Toro y Zambrano
trazada a 100m al oriente
de ellos. Tramo 17-18
Línea paralela a fondos
de sitios de calle Mateo
de Toro y Zambrano
trazada a 100m al oriente
de dichos fondos, que une
los puntos 17 y 18.
-
Intersección de
prolongación de línea
paralela al fondo de
sitios de calle Mateo de
Toro y Zambrano trazada
a 100m al oriente de
éstos, con línea paralela
al fondo sur de sitio
terminal de calle Mateo
de Toro y Zambrano. Tramo 18-19
Línea paralela al fondo
sur del sitio terminal de
calle Mateo de Toro y
Zambrano trazada a 100m
al sur de éste, que une
los puntos 18 y 19.
-
Intersección de línea
paralela al fondo sur de
sitio terminal de calle
Mateo de Toro y Zambrano,
con la prolongación del
eje de calle Mateo de
Toro y Zambrano, a 613m
del eje de calle Arturo
Prat. Tramo 19-20
Línea recta trazada desde
el punto 19, que une los
puntos 19 y 20.
-
Intersección de línea
recta trazada desde el
punto 19, con línea
trazada en la divisoria
de aguas, trazada a 280m
al sur eje de calle Arturo
Prat. Tramo...
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