Decreto 79 - PROMULGA DECISIÓN Nº1 DE 2008 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA QUE ENMIENDA AL ANEXO 9.1 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239563442

Decreto 79 - PROMULGA DECISIÓN Nº1 DE 2008 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA QUE ENMIENDA AL ANEXO 9.1 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA DECISIÓN Nº1 DE 2008 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA QUE ENMIENDA AL ANEXO 9.1 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Núm. 79.- Santiago, 7 de mayo de 2009.- Vistos: Los artículos 32, Nº15 y 54, Nº1, inciso cuarto de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 6 de junio de 2003, se suscribió, en Miami, el Tratado de Libre Comercio, sus Anexos y las Notas Intercambiadas entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, publicados en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2003.

Que entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América se adoptó en Santiago, el 12 de diciembre de 2008, la Decisión Nº1 de 2008 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos de América que enmienda al Anexo 9.1, sobre Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 24.2 y 21.1 del aludido Tratado de Libre Comercio.

Que dicha Decisión entró en vigor en la fecha de su firma.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase la Decisión Nº1 de 2008 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre Chile y los Estados Unidos de América, que Enmienda al Anexo 9.1, sobre Contratación Pública, adoptada en Santiago, el 12 de diciembre de 2008; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.

12 de diciembre de 2008

DECISIÓN DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y EE.UU.

Nº1 de 2008

(Adoptada el 12 de diciembre de 2008)

ENMIENDA AL ANEXO 9.1

CONTRATACIÓN PÚBLICA

La Comisión de Libre Comercio decide:

Las modificaciones que se exponen a continuación, se hacen de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 24.2 y 21.1 del Tratado, en cumplimiento con los acuerdos alcanzados en la Quinta Reunión de la Comisión de Libre Comercio del Tratado celebrada el 12 de diciembre de 2008.

1) De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 9.14 del TLC, la Comisión dará efecto al acuerdo mediante la modificación inmediata del Anexo 9.1 Sección A - Entidades de gobierno de nivel central de la Lista de Chile, el que será reemplazado en lo pertinente por el siguiente texto:

Lista de Chile

  1. Presidencia de la República

  2. Ministerio de Interior

  3. Ministerio de Relaciones Exteriores

  4. Ministerio de Defensa Nacional

  5. Ministerio de Hacienda

  6. Ministerio Secretaría General de la Presidencia

  7. Ministerio Secretaría General de Gobierno

  8. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

  9. Ministerio de Minería

  10. Ministerio de Planificación y Cooperación

  11. Ministerio de Educación

  12. Ministerio de Justicia

  13. Ministerio de Trabajo y Previsión Social

  14. Ministerio de Obras Públicas

  15. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

  16. Ministerio de Salud

  17. Ministerio de Vivienda y Urbanismo

  18. Ministerio de Bienes Nacionales

  19. Ministerio de Agricultura

  20. Ministerio Servicio Nacional de la Mujer

    Gobiernos Regionales

    Intendencia I Región de Tarapacá

    Gobernación de Iquique

    Gobernación de Tamarugal

    Intendencia II Región de Antofagasta

    Gobernación de Antofagasta

    Gobernación de El Loa

    Gobernación de Tocopilla

    Intendencia III Región de Atacama

    Gobernación de Chañaral

    Gobernación de Copiapó

    Gobernación de Huasco

    Intendencia IV Región de Coquimbo

    Gobernación de El Elqui

    Gobernación de Limarí

    Gobernación de Choapa

    Intendencia V Región de Valparaíso

    Gobernación de Petorca

    Gobernación de Valparaíso

    Gobernación de San Felipe de Aconcagua

    Gobernación de Los Andes

    Gobernación de Quillota

    Gobernación de San Antonio

    Gobernación de Isla de Pascua

    Intendencia VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins

    Gobernación de Cachapoal

    Gobernación de Colchagua

    Gobernación de Cardenal Caro

    Intendencia VII Región del Maule

    Gobernación de Curicó

    Gobernación de Talca

    Gobernación de Linares

    Gobernación de Cauquenes

    Intendencia VIII Región del Biobío

    Gobernación de Ñuble

    Gobernación de Biobío

    Gobernación de Concepción

    Gobernación de Arauco

    Intendencia IX Región de la Araucanía

    Gobernación de Malleco

    Gobernación de Cautín

    Intendencia X Región de Los Lagos

    Gobernación de Osorno

    Gobernación de Llanquihue

    Gobernación de Chiloé

    Gobernación de Palena

    Intendencia XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

    Gobernación de Coihaique

    Gobernación de Aysén

    Gobernación de General Carrera

    Gobernación de Capitán Prat

    Intendencia XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena

    Gobernación de Última Esperanza

    Gobernación de Magallanes

    Gobernación de Tierra del Fuego

    Gobernación de Antártica Chilena

    Intendencia Región Metropolitana

    Gobernación de Chacabuco

    Gobernación de Cordillera

    Gobernación de Maipo

    Gobernación de Talagante

    Gobernación de Melipilla

    Gobernación de Santiago

    Intendencia XIV Región de Los Ríos

    Gobernación de Valdivia

    Gobernación de Ranco

    Intendencia XV Región de Arica y Parinacota

    Gobernación de Arica

    Gobernación de Parinacota.

    2) De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 9.14 del TLC, la Comisión dará efecto al acuerdo mediante la modificación inmediata del Anexo 9.1 Sección B - Entidades de gobierno de nivel sub-central de la Lista de Chile, el que será reemplazado en lo pertinente por el siguiente texto:

    Lista de Chile

  21. Municipalidad de Arica

  22. Municipalidad de Iquique

  23. Municipalidad de Pozo Almonte

  24. Municipalidad de Pica

  25. Municipalidad de Huara

  26. Municipalidad de Camarones

  27. Municipalidad de Putre

  28. Municipalidad de General Lagos

  29. Municipalidad de Camiña

  30. Municipalidad de Colchane

  31. Municipalidad de Tocopilla

  32. Municipalidad de Antofagasta

  33. Municipalidad de Mejillones

  34. Municipalidad de Taltal

  35. Municipalidad de Calama

  36. Municipalidad de Ollagüe

  37. Municipalidad de María Elena

  38. Municipalidad de San Pedro de Atacama

  39. Municipalidad de Sierra Gorda

  40. Municipalidad de Copiapó

  41. Municipalidad de Caldera

  42. Municipalidad de Tierra Amarilla

  43. Municipalidad de Chañaral

  44. Municipalidad de Diego de Almagro

  45. Municipalidad de Vallenar

  46. Municipalidad de Freirina

  47. Municipalidad de Huasco

  48. Municipalidad de Alto del Carmen

  49. Municipalidad de La Serena

  50. Municipalidad de La Higuera

  51. Municipalidad de Vicuña

  52. Municipalidad de Paihuano

  53. Municipalidad de Coquimbo

  54. Municipalidad de Andacollo

  55. Municipalidad de Ovalle

  56. Municipalidad de Río Hurtado

  57. ...

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