Resolución núm. 1118 EXENTA, publicada el 24 de Junio de 2010. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR POSIBLE INFRACCIÓN A CONVENIO MARCO ÚNICO REGIONAL EGIS/PSAT, DE CONFORMIDAD A LEY Nº 19.880, RESPECTO DE EGIS/PSAT INMOBILIARIA MEGACASA LIMITADA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469859730

Resolución núm. 1118 EXENTA, publicada el 24 de Junio de 2010. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR POSIBLE INFRACCIÓN A CONVENIO MARCO ÚNICO REGIONAL EGIS/PSAT, DE CONFORMIDAD A LEY Nº 19.880, RESPECTO DE EGIS/PSAT INMOBILIARIA MEGACASA LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR POSIBLE INFRACCIÓN A CONVENIO MARCO ÚNICO REGIONAL EGIS/PSAT, DE CONFORMIDAD A LEY Nº 19.880, RESPECTO DE EGIS/PSAT INMOBILIARIA MEGACASA LIMITADA

Santiago, 15 de junio de 2010.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:

Núm. 1.118 exenta.- Vistos:

  1. Las disposiciones de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. El Convenio Marco suscrito entre la EGIS "Inmobiliaria Megacasa Limitada", con esta Secretaría Ministerial, de fecha 27 de junio de 2008, aprobado por resolución exenta Nº 852 de fecha 30 de junio de 2008;

  3. La resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija el Procedimiento para la Prestación de los Servicios de Asistencia Técnica;

  4. Las disposiciones del DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, que Reglamenta Programa Fondo Solidario de Vivienda;

  5. La res. ex. Nº 1.005 de fecha 7 de junio de 2010, de esta Secretaría Ministerial, que decreta medida provisional en contra de la EGIS/PSAT Inmobiliaria Megacasa Ltda.;

  6. Las facultades que me confiere el DS Nº 397 (V. y U.), de 1977, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;

  7. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

  8. El DS Nº 46 (V. y U.) de fecha 23 de abril de 2010.

    Considerando:

  9. Que se han denunciado por los usuarios de la EGIS Inmobiliaria Megacasa Limitada ciertas irregularidades en su gestión como EGIS/PSAT en los distintos tramos del Programa Fondo Solidario de Vivienda, entre otros:

    1. Tras el cierre del Banco de Proyectos el 08.07.2009, la EGIS Inmobiliaria Megacasa Ltda. siguió recibiendo antecedentes de operaciones para la postulación al FSV, Modalidad AVC, tramos I y II, requiriendo de los interesados provisiones de fondos de entre 5 a 10 UF, los que supuestamente se rendirían al término de la operación. Al no producirse la apertura del Banco de Proyectos, dichas operaciones nunca se ingresarán y habiendo cambiado el sistema de postulación, debieran ser devueltas las sumas aprovisionadas, atendido el hecho que no se ha realizado ninguna gestión de aquellas por las que se habilita a la EGIS a solicitar la provisión de fondos a rendir;

    2. La modalidad utilizada por la EGIS Inmobiliaria Megacasa Limitada en las operaciones de adquisición de vivienda construida, establece que en la escritura de compraventa el vendedor otorga un mandato mercantil a la Inmobiliaria para que lo...

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