Decreto 222 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO MÓVIL DE;RADIOCOMUNICACIONES ESPECIALIZADO A LA EMPRESA;TELECOMUNICACIONES BZ LIMITADA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240585914

Decreto 222 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO MÓVIL DE;RADIOCOMUNICACIONES ESPECIALIZADO A LA EMPRESA;TELECOMUNICACIONES BZ LIMITADA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO MÓVIL DE RADIOCOMUNICACIONES ESPECIALIZADO A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES BZ LIMITADA

Santiago, 8 de abril de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 222.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. La resolución exenta Nº 95 de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija Norma para el Servicio Móvil de Radiocomunicaciones Especializado.

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 55.097, de 30.10.2007.

  6. Que no se presentaron oposiciones a la

    publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público Móvil de Radiocomunicaciones Especializado, a la empresa Telecomunicaciones BZ Limitada, RUT Nº 77.803.140-K, con domicilio en calle Bulnes Nº 720, comuna de Chillán, VIII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar una (1) estación repetidora comunitaria del tipo URC Convencional, en la banda VHF.

      Frecuencias:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 27.05.2008, PAGINA 14

      Características Técnicas Comunes:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 27.05.2008, PAGINA 14

      Ubicación:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 27.05.2008, PAGINA 14

      La zona de servicio será el área definida por el contorno donde la intensidad de campo nominal sea igual o superior a 24,1 dB[µV/m] (16 µV/m), en torno a la estación repetidora.

    2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 27.05.2008, PAGINA 14

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud...

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