Ordenanza núm. 1, publicada el 23 de Noviembre de 2016. ORDENANZA LOCAL PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES COMERCIALES, COMERCIO AMBULANTE Y PERMISOS EN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO - MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 653837789

Ordenanza núm. 1, publicada el 23 de Noviembre de 2016. ORDENANZA LOCAL PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES COMERCIALES, COMERCIO AMBULANTE Y PERMISOS EN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MEJILLONES
Rango de LeyOrdenanza

ORDENANZA LOCAL PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES COMERCIALES, COMERCIO AMBULANTE Y PERMISOS EN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO

Núm. 1.- Mejillones, 28 de octubre de 2016.

Vistos:

El Acta de Proclamación del Tribunal Electoral Regional de Antofagasta, de fecha 6 de diciembre de 2012, en virtud a lo resuelto en la sentencia de escrutinio y calificación de la elección municipal de Alcalde, efectuada en la comuna de Mejillones, el día 28 de octubre de 2012, Rol Electoral 57/2012 y de acuerdo a lo previsto en los artículos 127 y 128 de la ley Nº 18.695; el acuerdo del Concejo tomado en sesión extraordinaria Nº 36/2016, de fecha 18 de octubre de 2016, de aprobar la ordenanza local para el Otorgamiento de Patentes Comerciales, Comercio Ambulante y Permisos de Bien Nacional de Uso Público y en uso de las facultades que me otorga la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto la siguiente:

Ordenanza:

La presente Ordenanza viene a regular la actividad comercial en el otorgamiento de patentes industriales, comerciales, profesionales, alcoholes y de servicios dentro de la comuna de Mejillones, en lo que dice relación a su autorización, ejercicio y su concordancia con los usos de suelo admitidos y regulados por el Plan Regulador de Mejillones. Corresponderá al Departamento de Rentas Municipales todo lo relacionado con los permisos o autorizaciones de funcionamiento, el otorgamiento de las patentes municipales o permisos para las actividades señaladas anteriormente.

TÍTULO I Disposiciones generales del Departamento de Rentas Municipales Artículos 1 a 17
Artículo 1º

Este departamento tiene como objetivo específico:

  1. Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales, entre los cuales se mencionan: las patentes, la publicidad, la ocupación de bienes nacionales de uso público, entre otros.

  2. Tramitar las solicitudes de autorización de funcionamiento para el ejercicio de actividades comerciales ya sea gravadas o exentas; las profesionales y microempresas familiares.

  3. Mantener el rol actualizado de Patentes Definitivas Industriales, Comerciales, Profesionales y de Alcoholes y las patentes provisorias Industriales y Comerciales.

  4. Realizar las acciones de control respecto al cumplimiento de las normas que regulan el ejercicio de actividades económicas y todo lo relacionado con avisos de propaganda y publicidad.

  5. Ejecutar la tramitación necesaria para el otorgamiento, renovación, traslados, transferencias o caducidad de las patentes de alcoholes.

  6. Recepcionar anualmente la información que remite el Servicio de Impuestos Internos sobre capital propio de los contribuyentes afectos al pago de patente municipal. Procesar esa información a objeto de generar los boletines de cobro pertinentes. Preparar semestralmente el Rol General de Patentes Industriales, Comerciales, Profesionales y Alcoholes, Quioscos y comercio en la vía pública.

  7. Girar los boletines de cobro de patentes para su cancelación. Adicionalmente, levantar esta base de datos para su cancelación a través de la página web municipal, pago por internet, siempre que el sistema lo permita, y difundir a nivel comunal del vencimiento para el pago de patentes y lugares de pago.

  8. Iniciar el trámite, traslado, transferencia y término de giro, para los establecimientos que tengan actividades comerciales, industriales, profesionales y alcoholes.

  9. Orientar al cliente, contribuyente o vecino en el trámite de su patente, respondiendo consultas respecto a su otorgamiento.

Estos objetivos específicos serán concordantes con los usos de suelo admitidos y regulados por el Plan Regulador Comunal, Ley Orgánica Constitucional, decreto supremo Nº 484, Ley de Rentas Municipales, Ley de Alcoholes, entre otros.

Artículo 2°

El ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquiera otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal.

Las patentes deberán pagarse por semestres anticipados en los meses de enero y julio de cada año.

Artículo 3º

Las patentes comerciales serán otorgadas mediante decreto y su otorgamiento deberá ser concordante con lo dispuesto en:

- La Ley General de Urbanismo y Construcciones

- La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

- El Plan Regulador Comunal

- Ley 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas

- Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

- Ley Nº 19.419 que regula Actividades que indica Relacionadas con el Tabaco.

El otorgamiento de todo tipo de patentes y permisos municipales en general, estará siempre subordinado a las exigencias del uso de suelo y desarrollo armónico de la comuna, de acuerdo al Plan Regulador Comunal y a las condiciones de construcción y de orden sanitario que establecen la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Ordenanza Municipal de Construcciones y demás normativa legal y reglamentaria vigente, lo que será informado por la Dirección de Obras.

Por lo anterior, el solicitante de una patente comercial o industrial deberá requerir de dicha dirección un Certificado de Zonificación de acuerdo a la actividad que desarrollará según código de actividad entregado por SII.

Artículo 4º

Previo al ingreso de Solicitud de patentes, el interesado retirará en Oficina de Rentas Municipales un Formulario Patentes Comerciales, conjuntamente con el Listado de documentos y requisitos que deberá acompañar a su solicitud ya bien se trate de una patente comercial, de alcoholes, industrial o profesional.

Artículo 5º

Inicio del trámite.

Reunidos los antecedentes por el contribuyente, deberá ingresar la solicitud de patente en el mesón de Oficina de Partes del municipio, presentando el Formulario correspondiente, acompañando los antecedentes obligatorios en relación a cada caso y negocio.

Documentos Requeridos

Patente Comercial

A.- Personas Naturales

  1. - Fotocopia cédula de identidad vigente.

  2. - Documento que acredite el título para ocupar el inmueble donde funcionará el establecimiento, puede ser autorización notarial, contrato de arriendo con fines comerciales autorizado ante notario, contrato de concesión, usufructo o título de dominio vigente, legalizado ante notario, en caso de ser propietario.

  3. - Declaración jurada simple acerca del monto del Capital Propio inicial del negocio, en el caso de tratarse de una actividad nueva.

  4. - Certificado de Recepción Final de la Propiedad emitido por la Dirección de Obras Municipales.

  5. - Resolución Sanitaria cuando corresponda u otras autorizaciones necesarias según la actividad de que se trate.

  6. - Certificado de Zonificación entregado por la DOM.

  7. - Informe Técnico o de Inspección emitido por la Dirección de Obras Municipales.

  8. - Otros documentos necesarios según la actividad que se trate. Ejemplo: Certificado del Servicio Agrícola y Ganadero, Certificado de antecedentes, Título profesional, etc.

    La Oficina de Partes revisará que los documentos estén completos y los remitirá a Rentas Municipales, donde se clasificará la actividad de acuerdo al artículo 14 del decreto supremo Nº 484, de 1980, del Ministerio del Interior.

    Otorgada la autorización de funcionamiento, a través del correspondiente decreto municipal, el contribuyente pagará la patente girada en la Tesorería Municipal de Mejillones manteniendo el comprobante de pago en un lugar visible del establecimiento de tal manera que permita una fácil fiscalización.

    B.- Personas Jurídicas

  9. - Copia legalizada de Constitución de Sociedad y sus modificaciones si las hubiere.

  10. - Copia legalizada de Extracto de Sociedad inscrito en el Registro de Comercio y publicado en el Diario Oficial y certificado de vigencia de la sociedad.

  11. - Fotocopia simple del RUT de la Sociedad.

  12. - Resolución Sanitaria, cuando corresponda.

  13. - Fotocopia simple de la Iniciación de Actividades, y/o cambio de domicilio y/o apertura de sucursal, según corresponda.

  14. - Certificado de Zonificación entregado por la DOM.

  15. - Certificado de Recepción Final de la Propiedad emitido por la Dirección de Obras Municipales.

  16. - Informe Técnico o de Inspección emitido por la Dirección de Obras Municipales.

    B.1.- Sucursales

  17. - Apertura de la sucursal ante Servicio de Impuestos Internos.

  18. - Certificado de Distribución de Capital Propio extendido por la municipalidad de la casa matriz, con apertura de sucursal.

  19. - Certificado de la cantidad de trabajadores que laboran en la sucursal.

Artículo 6º

De las patentes de alcoholes.

Reunidos los antecedentes por el contribuyente, deberá ingresar la Solicitud de Patente en el mesón de Oficina de Partes del Municipio, presentando el Formulario correspondiente, acompañando los siguientes antecedentes:

  1. - Carta solicitud dirigida al señor Alcalde y Honorable Concejo.

  2. - Fotocopia Cédula de Identidad.

  3. - Certificado de Antecedentes.

  4. - Fotocopia título de dominio vigente legalizado ante notario, en caso de ser propietario.

  5. - Contrato de arriendo del local con fines comerciales, legalizado ante notario.

  6. - Autorización especial de propietario a título gratuito, legalizado ante notario.

  7. - Certificado de Recepción Definitiva.

  8. - Certificado de Zonificación.

  9. - Declaración jurada notarial de no encontrarse afecto a las prohibiciones del artículo cuarto de la Ley de Alcoholes, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. En caso de sociedades limitadas, el representante legal; en caso de sociedades anónimas, del total de los miembros del directorio.

  10. - Fotocopia simple de Iniciación de Actividades.

  11. - Resolución Sanitaria en caso de Restaurant, Cabaret, Salón de Baile, entre otros.

  12. - Certificado de distribución de capital propio.

  13. - Informe Técnico o de Inspección emitido por la Dirección de Obras...

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