Ordenanza núm. 63, publicada el 17 de Octubre de 2007. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
Rango de Ley | Ordenanza |
MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 63.- Providencia, 10 de octubre de 2007.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 40 y demás pertinentes del decreto ley Nº3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12, 63 letra i), 65 letras c) y k) y 79 letra b) de la ley Nº18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
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- Que mediante decreto alcaldicio Ex. Nº 2.124, de 28 de noviembre de 2006, se fijó el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Nº22, de 28 de diciembre de 2001, y sus modificaciones, "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales", que rige en el año 2007, modificada por Ordenanza Nº54, de 25 de abril, y Nº56, de 21 de junio, ambas de 2007.
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- La necesidad de modificar la citada ordenanza, agregando o modificando los derechos allí establecidos.
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- Los memorándum Nos. 14.086, 14.866 y 15.057, de fechas 10, 23 y 25 de julio, todos de 2007, de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
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- El memorándum Nº14.509, de 17 de julio de 2007, del Director de Aseo, Ornato y Mantención.
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- Los memorándum Nº15.042 y 15.198, de 25 y 26 de julio, ambos de 2007, de la Dirección de Obras.
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- Los memorándum Nº15.125 y 15.143, ambos de 25 de julio de 2007, de la Dirección de Administración y Finanzas.
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- El memorándum Nº15.507, de 31 de julio de 2007, de la Dirección Gabinete Alcaldía.
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- El memorándum Nº16.973, de 21 de agosto de 2007, de la Secretaría Comunal de Planificación.
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- El memorándum Nº17.851, de 30 de agosto de 2007, del Director Jurídico.
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- El memorándum Nº18.896, de 12 de septiembre de 2007, del Director de Tránsito.
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- El memorándum Nº19.018, de fecha 13 de septiembre de 2007, de la Dirección Jurídica.
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- El memorándum Nº18.960, de fecha 12 de septiembre de 2007, de la Dirección Jurídica.
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- El acuerdo Nº682 adoptado en sesión ordinaria Nº114, de 5 de octubre de 2007, del Concejo Municipal.
O r d e n a n z a:
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- Modifícase la Ordenanza Nº22, de 28 de diciembre de 2001, "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales", que rige para el año 2007, y sus modificaciones, cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por decreto alcaldicio Ex. Nº2.124, de 28 de noviembre de 2006, en lo siguiente:
1.1.- Agrégase al artículo 6 los siguientes números 11 y 12:
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- Retiro de excedentes de basura
(litro/mes) 0,006 UTM
-
- Daños a Bienes Nacionales de uso público:
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Rejas verticales 5 UTM/ml
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Topes 2 UTM
-
Escaños 5 UTM
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Papelero área verde 8 UTM
-
Rejillas de piso 4 UTM/ml
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Rejillas de árboles 5 UTM
-
Bebederos 15 UTM
-
Informe respecto de
daño a infraestructura 0,5 UTM
-
Reposición papelero
vías públicas 5 UTM
-
Reposición de césped (m²) 0,15 UTM
-
Reposición cubresuelo (m²) 0,22 UTM
-
Anulación grafitis
en fachada (m²) 0,04 UTM
-
Retiro de desechos (m³) 15% UTM
-
Reposición de arbusto 0,26 UTM
1.2. Sustitúyase el artículo 11 por el siguiente:
"Artículo 11º: Los permisos y servicios que se señalan más adelante, pagarán los siguientes derechos:
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-
- Duplicados de permisos de circulación:
-
por extravío o robo 0,75 UTM
-
por error de datos atribuibles a la
municipalidad exento
-
-
- Duplicados de sello verde 0,10 UTM
-
- Certificado de empadronamiento
en Registro Municipal de Carros
y Remolques 0,25 UTM
-
- Duplicado certificado de
empadronamiento en
Registro Municipal
de Carros y Remolques 0,075 UTM
-
- Certificado de modificación
en el Registro Municipal
de Carros y Remolques 0,15 UTM
-
- Placa provisoria en
Registro Municipal de
Carros y Remolques
(incluye costo duplicado placa) 0,25 UTM
-
- Examen psicotécnico, total o
parcial, teórico o
práctico, cuando no
se trate del que debe
rendirse para otorgamiento
o control de la
licencia para conducir 0,15 UTM
-
- Cambio de domicilio en
licencia para conducir
otorgada según
ley Nº18.290:
-
Si la licencia es
de la comuna 0,075 UTM
-
Si la licencia es de
otra comuna 0,15 UTM
-
-
- Permisos a escuelas de
conductores para practicar,
por trimestre y
por vehículo autorizado,
con tope de 5 UTM 1 UTM
-
- Control cada seis años
para conductores con
licencia clase B, C, D
y F 0,50 UTM
-
- Cambio de clase o
extensión a otras
...
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