Ordenanza núm. 129, publicada el 21 de Abril de 2014. APRUEBA 'ORDENANZA COMUNAL SOBRE OCUPACIÓN TRANSITORIA DEL ESPACIO PÚBLICO POR LA EJECUCIÓN DE FAENAS Y OTRAS ACTIVIDADES'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
Rango de Ley | Ordenanza |
APRUEBA "ORDENANZA COMUNAL SOBRE OCUPACIÓN TRANSITORIA DEL ESPACIO PÚBLICO POR LA EJECUCIÓN DE FAENAS Y OTRAS ACTIVIDADES"
Núm. 129.- Providencia, 14 de abril de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12, 63 letra i), 65 letra j) y 79 letra b), de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
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- La Ordenanza Nº 14, de 14 de enero de 2004, "Ordenanza Comunal sobre Ocupación Transitoria del Espacio Público por la Ejecución de Faenas".
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- El Memorándum Nº 25.448, de fecha 15 de noviembre de 2013, del Director de Obras.
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- El Memorándum Nº 26.810, de 2 de diciembre de 2013, del Director de Control.
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- El Informe Nº 44, de 10 de enero de 2014, de la Directora Jurídica.
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- El Acuerdo Nº 396 adoptado en sesión ordinaria Nº 58, de 8 de abril de 2014, del Concejo Municipal.
Ordenanza:
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- Apruébase la "Ordenanza Comunal Sobre Ocupación Transitoria del Espacio Público por la Ejecución de Faenas y Otras Actividades", cuyo texto es el siguiente:
La presente ordenanza reglamenta la ocupación temporal del espacio público, de las obras y trabajos que implican ocupación y/o ruptura en relación con la ejecución de faenas que afecten a pavimentos, equipamiento urbano, áreas verdes u otros espacios públicos.
Para efectos de esta Ordenanza, se deberá considerar el siguiente:
GLOSARIO
ACERA : Parte de una vía destinada principalmente para la circulación de peatones y áreas verdes.
VEREDA : Parte pavimentada de la acera, destinada al tránsito
peatonal.
VEREDÓN : Parte no pavimentada de la acera, destinada
principalmente a área verde, conocida también como
Bandejón de Área Verde.
BANDEJÓN CENTRAL : Superficie ubicada entre calzadas, que contiene área
verde o pavimento, confinada por soleras.
PARQUE O PLAZA : Manzana o sitio emplazado en Bien Nacional de Uso
Público, destinado al esparcimiento y recreación,
con o sin áreas verdes.
ÁREA VERDE : Sector con disposición de jardines en veredones o
bandejones, parques o plazas.
RAMPA DE ACCESO : Pavimento que se ubica sobre los accesos
vehiculares, descontando la franja de vereda.
SOLERA : Estructura de hormigón o piedra de sección
transversal casi rectangular, que delimita la acera
de la calzada.
CANALIZACIÓN : Se considera canalización todos los tipos de
excavación o abertura del suelo con o sin rotura de
pavimentos, predominantemente lineales, destinados a
la instalación de diversos tipos de ductos.
POLIDUCTO : Aquellas obras de canalización subterránea donde
participan dos o más empresas de servicio o donde se
instalen ductos para más de un servicio.
CALICATA : Se denomina calicata a toda excavación en la vía
pública para investigar o reparar averías o
desperfectos en las conducciones o instalaciones de
los servicios, tal que no sobrepase los 6 m lineales
de canalización.
SECTOR : Zona delimitada por una línea oficial de propiedad,
el eje de la calzada paralela a la línea de
propiedad y el eje de las dos calzadas transversales.
SERVICIOS SUBTERRÁNEOS: Son las tuberías, cañerías, cámaras de inspección y
elementos accesorios que se colocan en el subsuelo
para proteger o alojar cables o para canalizar gases
y líquidos.
TENDIDOS AÉREOS : Son cables, transformadores, otros equipos y
elementos accesorios dispuestos en el espacio aéreo
de la vía pública, apoyados sobre postes. Se incluye
elementos de refuerzo mecánico como tirantes, rieles
y otros.
INSTALACIONES EN
SUPERFICIE : Son los elementos instalados sobre el nivel del
suelo, como teléfonos públicos, armarios, grifos,
etc.
FONDOS DE TERCEROS : Cuenta abierta por el Municipio mediante la cual se
ofrece a empresas y particulares ejecutar trabajos
de reposición de pavimentos por cuenta de los
mismos, con el contratista municipal a igualdad de
precios que los contratados por el municipio,
conforme el Reglamento vigente.
BNUP : Bien Nacional de Uso Público. Todo el espacio en que
puede transitar libremente cualquier ciudadano. Es
administrado por la Municipalidad u otro Organismo
del Estado.
EMPRESAS DE SERVICIO : Compañías que gozan de una concesión otorgada por el
Estado para construir, mantener, explotar y
distribuir el suministro de servicios sanitarios,
gas, electricidad o telecomunicaciones, a nivel
domiciliario. También se conocen como "Servicios de
Utilidad Pública" o "Servicios Públicos".
Las normas de esta Ordenanza se entenderán complementarias de aquellas establecidas en la Ley de Pavimentación Comunal Nº 8.946, de 1949, y sus modificaciones posteriores; el Reglamento sobre Conservación, Reposición de Pavimentación y Trabajos por cuenta de Particulares a cargo de la Dirección General de Pavimentación, DS Nº 411, de 1948, del Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación y sus modificaciones posteriores; el DS Nº 90, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5; el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de julio de 1994; el Manual de Pavimentación y Aguas Lluvias del Serviu, de diciembre del 2005, toda aquella documentación oficial que publique el Serviu Metropolitano relacionada con obras de ruptura y reposición de pavimentos y Especificaciones Técnicas Municipales que dicte la Dirección de Obras.
Todas las Empresas de Servicios que de acuerdo a su concesión puedan ejecutar instalaciones en la comuna deberán registrarse en la Dirección de Obras Municipales, acompañando copia del documento donde conste la concesión respectiva otorgada por el organismo correspondiente. Dicha acreditación la facultará para solicitar permisos de ocupación y/o ruptura en el BNUP.
Las empresas o personas que deseen ejecutar trabajos que impliquen ruptura u ocupación en el BNUP dentro de la comuna, deberán solicitar y tramitar previamente un permiso de ocupación transitoria de espacio público en el Departamento de Construcción de la Dirección de Obras Municipales.
Aquellas empresas que frecuentemente soliciten permisos, deberán acreditar ante la Dirección de Obras Municipales a la persona encargada de la tramitación de los mismos, e informar cada vez que se efectúe un cambio.
Las Empresas de Servicios deberán mantener actualizado un registro de Jefes de Unidades Responsables, entendiéndose como tales a los responsables de cada unidad de la empresa Mandante o Titular del permiso, de ejecutar proyectos en el BNUP. De igual modo, en cada solicitud de permiso deberán incluir el nombre del respectivo Jefe de la Unidad Responsable de la obra.
Las solicitudes de permisos para trabajar o sólo ocupar el BNUP deberán realizarse en el Departamento de Construcción de la Dirección de Obras, "Sección Servicios en el BNUP", de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas. Los permisos podrán ser retirados 2 días hábiles después de ingresados. Las solicitudes ingresadas después de las 14:00 horas serán contabilizadas desde el día hábil siguiente. El interesado será responsable de consultar oportunamente por el estado de sus solicitudes, a fin de efectuar las correcciones o completar la documentación que le sea solicitada por el Departamento de Construcción o la Dirección de Tránsito.
Las solicitudes gestionadas por Internet podrán ser realizadas en cualquier momento. Las solicitudes ingresadas después de las 14:00 horas serán contabilizadas desde el día hábil siguiente.
Las solicitudes que impliquen ocupación y/o ruptura de aceras, parques o plazas serán autorizadas por la Dirección de Obras.
Las solicitudes que impliquen ocupación y/o ruptura de calzadas deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Tránsito y la autorización de la Dirección de Obras.
La solicitud de permiso de ocupación transitoria del espacio público, para la ejecución de las faenas descritas en el artículo 1º, deberá ajustarse a los formularios que disponga la Dirección de Obras para estos efectos, en el mesón de atención (ver Anexos 1 y 2), o en su página web.
Para solicitar un permiso, el peticionario deberá acudir al mesón de atención del Departamento de Construcción de la Dirección de Obras Municipales o bien hacerlo en el sitio web del Municipio, cuando la aplicación respectiva se encuentre habilitada.
Para ingresar su solicitud, en general el interesado deberá:
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Llenar el formulario de solicitud de acera o de calzada, según sea el caso, en papel o a través del sitio web del Municipio, completando todos los campos requeridos, incluyendo el croquis referencial de ubicación de las faenas.
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Adjuntar las fotografías señaladas en artículo 14º cuando el trabajo implique ruptura del BNUP.
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Adjuntar Permiso de Rotura o Proyecto de Pavimentación, según sea el caso, otorgados por Serviu Metropolitano, cuando el trabajo implique ruptura del BNUP.
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Adjuntar cartas de invitaciones a poliducto, en original, según lo señalado en artículo 20º, cuando sea necesario invitar.
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Adjuntar los planos de planta y detalles del proyecto completo, cuando se trate de un proyecto de desarrollo.
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Adjuntar Carta Gantt cuando el trabajo se extienda por más de 30 días.
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Adjuntar plano firmado por el Director de Obras, según se señala en...
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