Decreto 4089 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, ENTRETENCIÓN, MÁQUINAS DE HABILIDAD, DESTREZA O JUEGOS SIMILARES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE VALLENAR |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 23 de Agosto de 2013 |
MODIFICA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, ENTRETENCIÓN, MÁQUINAS DE HABILIDAD, DESTREZA O JUEGOS SIMILARES
Núm. 4.089 exento.- Vallenar, 6 de agosto de 2013.- Vistos:
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- Decreto exento Nº 3.046, de fecha 17 de junio de 2011, que aprueba Ordenanza que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares, publicación ordenanza en el Diario Oficial de 2007.
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- Decreto exento Nº 4.013, de fecha 29 de julio de 2011, que complementa la Ordenanza que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares, la necesidad de modificar y complementar la Ordenanza que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares.
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- Decreto exento Nº 3.801, de fecha 23 de julio de 2013, que modifica la Ordenanza que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares, la necesidad de modificar y complementar la Ordenanza que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares.
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- Acuerdo Nº 192/2013 del Honorable Concejo Municipal, el cual aprueba modificación.
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- La necesidad de modificar la Ordenanza Municipal que Regula la Instalación y Funcionamiento de Juegos Electrónicos, Entretención, Máquinas de Habilidad, Destreza o Juegos Similares en la comuna de Vallenar.
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- Y teniendo presente las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
Modifíquese el artículo 5, en su inciso cuarto, en donde dice seis, debiendo decir una.
Quedando de la siguiente manera:
La explotación comercial de estas actividades sólo se podrá realizar en los locales comerciales destinados exclusivamente a estos fines, entendiendo por local para estos efectos, la unidad o dependencia con rol de propiedad independiente y que cumplan con las exigencias contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza; el Plan Regulador y en las demás leyes, ordenanzas y reglamentos que les sean aplicables, las cuales serán exigidas por las entidades correspondientes.
En cada local comercial sólo se podrán implementar hasta 3 máquinas de habilidad y destreza.
Excepcionalmente...
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