Decreto 766 EXENTO - PROMULGA MODIFICACIÓN N° 5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 428319762

Decreto 766 EXENTO - PROMULGA MODIFICACIÓN N° 5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor19 de Marzo de 2013

PROMULGA MODIFICACIÓN N° 5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL

Núm. 766 exento.- La Florida, 11 de marzo de 2013.- Vistos y considerando:

El decreto exento N° 4.747, de fecha 11/11/10, que aprueba el Estudio de Modificación N° 5 del Plan Regulador y que da inicio al proceso de aprobación; certificado de la Secretaria Municipal, de fecha 26/11/2010, dando cuenta del envío de 118 cartas a organizaciones territoriales legalmente constituidas, incluyendo un resumen ejecutivo de la modificación y, además, invita a la Audiencia Pública del día 7 y 22 de diciembre de 2010; copia simple de la carta tipo enviada con fecha 25/11/10, con listado de 118 cartas y guía de despacho de la Empresa Correos de Chile; copia certificada por la Secretaria Municipal del Ord. N° 24, de fecha 29/11/2010, suscrito por el Asesor Urbano, que informa al Concejo Municipal las fechas, lugar y hora de la realización de la Audiencia Pública informativa; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 28/12/2010, acreditando las publicaciones de prensa para las audiencias públicas a celebrar, además de las copias certificadas de las publicaciones en los diarios La Nación de fecha 03/12/10, 26/11/10 y Publimetro de fechas 21/12/10, 27/12/10, indicando lugar, fecha y hora a realizarse; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 30/12/2010, dando fe de las Audiencias Públicas celebradas los días 07/12/10 (sin quórum), 22/12/2010 y 29/12/10 y listados de asistencia respectivos; certificado de la Secretaria Municipal Subrogante, de fecha 08/08/2011, dando fe de la Sesión del CESCO celebrada en Sesión Extraordinaria N° 1 de fecha 06/01/11, especificando asistencia: copia de la citación al CESCO para informar la Modificación N° 5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 28/12/2010, acreditando las publicaciones de prensa que invitan a la exposición del proyecto y copias certificadas de 2 publicaciones de prensa en los diarios La Nación y Publimetro, indicando lugar y plazo para la exposición pública del proyecto de Modificación al PRC (03/01/11 al 07/02/11); certificado de la Secretaria Municipal de fecha 30/12/2010, dando fe de la realización de la exposición pública del proyecto y el tiempo de duración; copia certificada de la Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio y Planos expuestos al público; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 21/03/12 y copia certificada de la publicaciones en los diarios Las Últimas Noticias con fecha 17.02.12 y Las Últimas Noticias con fecha 24.02.12 para la Audiencia Pública de Consulta, indicando lugar, fecha y hora a realizarse y el procedimiento y fechas para realizar observaciones a la Modificación N°5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 21/03/2012, dando fe de la Audiencia Pública de Consulta celebrada el 07.03.12 y listado de asistencia; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 26/03/2012, informando las observaciones recibidas (24), especificando las fechas de recepción (entre 03.01.11 al 22.03.12) y copia de las observaciones recibidas; 24 cartas originales de observaciones de los vecinos realizadas al proyecto de Modificación N°5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 08/10/2012, que certifica la reunión del COSOC realizada el 14 de mayo de 2012, en la cual se informa del resumen de las observaciones de los vecinos; la Citación del COSOC de fecha, para Sesión a realizar el 14 de mayo de 2012; copia certificada por la Secretaria Municipal de la citación de fecha 22/04/2012 realizada a los miembros del Consejo Económico y Social de La Florida a Sesión Ordinaria N° 2 para informar acerca de las observaciones recibidas a la Modificación N° 5; oficio Ord. N° 114.005/11 de fecha 07/12/2011, emitido por el Ministerio del Medio Ambiente, dando cuenta que el Informe Ambiental Estratégico de la Modificación N°5, presenta los contenidos mínimos y da cuenta de las consideraciones ambientales incorporadas al Plan Regulador; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 16/05/2012, que certifica que en Sesión Extraordinaria N° 80, de fecha 16/05/2012, el Concejo Municipal adoptó los acuerdos Nos 1169, 1170, 1171, 1172 que dan respuesta a las observaciones realizadas por la comunidad y el Acuerdo N° 1173 que aprueba la Modificación N° 5 La Florida; copia certificada por la Secretaria Municipal del decreto exento N° 4.231, de fecha 23/10/2012, que aprueba la Modificación N° 5 al Plan Regulador Comunal de La Florida; copia certificada por la Secretaria Municipal, con las cartas enviadas a los vecinos, con las respuestas a las observaciones que formularon, éstas son: Ord. N° 534, Ord. N° 535, Ord. N° 536, Ord. N° 537, Ord. N° 538, Ord. N° 539, Ord. N° 540, Ord. N° 541, Ord. N° 542, Ord. N° 543, Ord. N° 544, Ord. N° 545, Ord. N° 546, Ord. N° 547, Ord. N° 548, Ord. N° 549, Ord. N° 550, Ord. N° 551, Ord. N° 552, Ord. N° 553, Ord. N° 554, Ord. N° 555, Ord. N° 556, Ord. N° 557, todos de fecha 04/06/2012 y listado de correo certificado; Ord. 5489, de fecha 14/12/2012, emitido por el Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que acusa recibo y emite observaciones a la Modificación N° 5; documentos que apoyan la resolución de observaciones al proyecto: ordinario N° 4987, de fecha 27/10/11 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, donde se pronuncia sobre solicitud de interpretación PRMS en terrenos localizados en Área Verde Metropolitana, más plano PRMS-11-20 de fecha 27/10/11, con normativa PRMS aplicable a predios Jardín del Edén; Plano PRMS-09-36b con interpretación trazado faja de restricción y parque quebrada Sin Nombre O-7; carta Aguas Andinas N° 012154, de fecha 22/07/09, donde se solicita factibilidad de agua potable y alcantarillado para nuevo Plan Regulador de La Florida; certificado de la Secretaria Municipal que justifica plazo excedido de realización de Sesión Extraordinaria que toma acuerdos y finalmente aprueba la Modificación N° 5 al PRC; Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio, Estudio de Riesgo y Protección Ambiental, Estudio de Factibilidad Agua Potable, Alcantarillado de Aguas Servidas y Aguas Lluvia, Estudio de Suficiencia de Equipamiento Comunal, Estudio de Capacidad Vial, Planos Aprobados; Ord. N° 522, de fecha 05/02/13, emitido por el Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que emite informe técnico favorable a la modificación N° 5 del PRC de La Florida.

Los artículos 42°, 43° y 44° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y en los artículos 3° letra b, 6° letra b de la ley N° 18.695, y en uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

Promúlgase la siguiente

MODIFICACIÓN N°5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA FLORIDA

Artículo 1°

Modifícase el Plan Regulador Comunal de La Florida, aprobado por resolución N° 47/2000 del Gobierno Regional Metropolitano, de fecha 6 de diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial del 17 de agosto de 2001 y rectificado por resolución N° 80, del 7 de noviembre de 2001, publicada en el Diario Oficial del 12 de enero de 2002, y sus modificaciones y enmiendas posteriores.

La presente modificación incluye los artículos 7, 12, 15, 17, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 y 41 de su Ordenanza Local y la Memoria Explicativa. Se modifican, además, los planos PRLF-1 de Edificación y PRLF-2 de Usos de Suelo, de acuerdo a lo graficado en los planos PRLF-1/12 Edificación, PRLF-2/12 Usos de Suelo, que en este acto se aprueban.

Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Florida en el siguiente sentido:

  1. Modifícase el artículo 7 "Glosario" en los siguientes términos:

    1. Elimínanse las definiciones de "Centro de

      Reparación Automotor" y "Centro de Servicio

      Automotriz".

    2. En la definición de "Planta de Revisión Técnica"

      reemplázase la expresión "escala comunal" por la

      expresión "comercio".

  2. Modifícase el artículo 12 "dosamientos"en los siguientes términos: reemplácese la frase "se considerará que las edificaciones adosadas deberán tener 3.00 m. de distanciamiento mínimo con respecto a la línea de edificación." por la frase "se aplicará OGUC".

  3. Reemplácese el numeral 5 del artículo 15 "Estacionamientos" por el siguiente:

  4. Todo proyecto de equipamiento y/o vivienda

    colectiva deberá considerar la siguiente

    cantidad de estacionamientos para personas con

    discapacidad en relación a la cantidad total de

    estacionamientos:

    Estos estacionamientos deberán tener ancho y largo mínimo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2.4.2 de la OGUC, y deberán estar debidamente señalizados.

  5. Reemplázase el cuadro del numeral 6 del artículo 15 "Estacionamientos", por el siguiente nuevo cuadro:

  6. Reemplácese el numeral 7 del artículo 15 "Estacionamientos", por el siguiente:

    "7. Se establece una franja de 300 m., medidos desde la Línea...

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