Resolucion núm. 42549, el 14 de Octubre de 2006. ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DEL CUMPLIMIENTO DE METAS INDIVIDUALES DE EMISION Y COMPENSACION DE EMISIONES DE OXIDOS DE NITROGENO (NOx) - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470517610

Resolucion núm. 42549, el 14 de Octubre de 2006. ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DEL CUMPLIMIENTO DE METAS INDIVIDUALES DE EMISION Y COMPENSACION DE EMISIONES DE OXIDOS DE NITROGENO (NOx)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DEL CUMPLIMIENTO DE METAS INDIVIDUALES DE EMISION Y COMPENSACION DE EMISIONES DE OXIDOS DE NITROGENO (NOx)

Núm. 42.549.- Santiago, 11 de octubre de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº58 de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de enero de 2004, que aprobó la Reformulación y Actualización del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), el que entre otras materias, establece metas de reducción de emisiones de NOx para las fuentes existentes denominadas Mayores Emisores y la exigencia de compensar emisiones de NOx para fuentes nuevas que ingresen a la Región Metropolitana. La Resolución Nº5.155 de 1999, del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana, que establece la exigencia de medición de NOx para fuentes estacionarias en la Región Metropolitana; La Resolución Nº121.059, del 22 de diciembre de 2005, de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, que en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto antes señalado, estableció la emisión de 8 ton/año de NOx como la emisión que corresponde a la de la última fuente estacionaria existente, incluida en el 80% de las emisiones del sector al año 1997. El Ordinario Nº1.302, del 26 de abril de 2006, del Director de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, mediante el cual solicita a esta Secretaría conformar un equipo de trabajo con funcionarios de ambas instituciones para establecer el procedimiento por el cual deberá acreditarse el cumplimiento de las metas individuales de emisiones de NOx para las fuentes existentes denominadas Mayores Emisores y la compensación de emisiones de NOx para las fuentes nuevas. El Ordinario Nº2.967, del 27 de septiembre de 2006, de este mismo Director, mediante el cual solicita a esta Secretaría la dictación de la Resolución que ponga en vigencia el procedimiento antes indicado. El Memorándum Nº671, del Subdepartamento de Calidad del Aire de esta Secretaría, de fecha 29 de septiembre de 2006, al cual se acompaña el informe técnico con los antecedentes necesarios para dictar la resolución que establece el procedimiento de acreditación de cumplimiento de metas individuales de emisiones y compensación de emisiones de NOx. Lo dispuesto en los artículos 3 y 9, letra b), del D.F.L Nº725, de 1968, que aprobó el Código Sanitario; las atribuciones que me confieren el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979 y el Decreto Supremo Nº136 de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado, especialmente lo dispuesto en su artículo 44, inc. 2º, de acuerdo al cual esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, es la continuadora legal, entre otras, de la gestión de las materias de que trata la presente resolución, y que anteriormente correspondieran al Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana; la ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Considerando:

Que, la Reformulación y Actualización del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana, señalado en los Vistos, tiene por objeto alcanzar y garantizar el cumplimiento de las normas primarias de calidad del aire por cuya superación fue declarada zona saturada y latente la Región Metropolitana.

Que, en el artículo 43 del Decreto Supremo Nº58 de 2003, del MINSEGPRES, se establece la meta global e individual de reducción de emisiones de NOx para fuentes estacionarias existentes denominadas Mayores Emisores, fijando una reducción de un 33% del total de emisiones que estas fuentes emitían al año 1997, meta a cumplir el año 2007; y de un 50% del total de emisiones que estas fuentes emitían al año 1997, meta a cumplir al año 2010. Lo anterior significa que para estas fuentes, la meta individual de emisión a cumplir el año 2007, será de un 67% del total de emisiones que emitían al año 1997, y de un 50% del...

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