Decreto 93 - APRUEBA NORMA TECNICA PARA LA ADOPCION DE MEDIDAS DESTINADAS A MINIMIZAR LOS EFECTOS PERJUDICIALES DE LOS MENSAJES ELECTRONICOS MASIVOS NO SOLICITADOS RECIBIDOS EN LAS CASILLAS ELECTRONICAS DE LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y DE SUS FUNCIONARIOS - SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241437574

Decreto 93 - APRUEBA NORMA TECNICA PARA LA ADOPCION DE MEDIDAS DESTINADAS A MINIMIZAR LOS EFECTOS PERJUDICIALES DE LOS MENSAJES ELECTRONICOS MASIVOS NO SOLICITADOS RECIBIDOS EN LAS CASILLAS ELECTRONICAS DE LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y DE SUS FUNCIONARIOS

EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA NORMA TECNICA PARA LA ADOPCION DE MEDIDAS DESTINADAS A MINIMIZAR LOS EFECTOS PERJUDICIALES DE LOS MENSAJES ELECTRONICOS MASIVOS NO SOLICITADOS RECIBIDOS EN LAS CASILLAS ELECTRONICAS DE LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y DE SUS FUNCIONARIOS

Núm. 93.- Santiago, 9 de mayo de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32º6 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; el DS Nº 181 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprobó el reglamento de la ley Nº 19.799; y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1) Que, el artículo 47 del decreto supremo Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, reglamento de la ley Nº19.799, creó Comité de Normas para el Documento Electrónico.

2) Que el Comité, en cumplimiento de su mandato, estableció como una de sus tareas específicas, la elaboración de una norma técnica para los órganos de la Administración del Estado, que determinará las directrices esenciales para la adopción de medidas destinadas a minimizar la recepción de mensajes electrónicos masivos no deseados en las casillas electrónicas de dichos órganos y en las asignadas a sus funcionarios.

3) Que, dicha norma es de suma relevancia y necesidad, atendido que los referidos mensajes electrónicos, junto con recargar innecesariamente los sistemas informáticos institucionales, pueden ser causa de virus, códigos malignos, hoax y, en general, de cualquier tipo de información que puede poner en peligro la integridad y subsistencia de la documentación electrónica de Gobierno.

4) Que, asimismo, la adopción de las medidas destinadas a minimizar la recepción de mensajes electrónicos no deseados contribuirá al aumento de la eficiencia y a la reducción de los costos operacionales de los órganos de la Administración del Estado.

5) Que, para los efectos de elaborar la norma técnica mencionada, la Secretaría Técnica del Comité creó un grupo de trabajo ad hoc, en el que participaron representantes de los miembros del Comité de Normas para el Documento Electrónico, del Ministerio del Interior, de la Contraloría General de la República, del Servicio de Impuestos Internos, del Centro de Estudios de Derecho Informático de la Universidad de Chile, de Orion 2000, de Microsoft, de la Asociación de Proveedores de Internet y de la Asociación de Medios en Internet, y que fue asesorado técnicamente por el Laboratorio de Criptografía Aplicada y Seguridad (CASLab) de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, de la Universidad de Chile.

6) Que el trabajo de elaboración de la norma se realizó conforme a la política gubernamental orientada a la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones en los órganos de la Administración del Estado, para mejorar los servicios e información ofrecidos a los ciudadanos, aumentar la eficiencia y la eficacia de la gestión pública, e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos.

7) Que la labor desarrollada se concretó en la norma técnica que se aprueba en este acto, que busca la obtención de los siguientes objetivos en torno al manejo adecuado de los mensajes electrónicos masivos no solicitados por parte de los órganos de la Administración del Estado:

  1. Fijar recomendaciones y garantizar estándares mínimos sobre el adecuado manejo de los mensajes electrónicos, de manera de mitigar los efectos perjudiciales de los mensajes masivos no solicitados enviados a las casillas electrónicas de los órganos de la Administración del Estado y a las asignadas a sus funcionarios.

  2. Fijar recomendaciones que propendan al aseguramiento de la integridad y subsistencia...

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