Decreto 216 - PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN BINACIONAL DE COLABORACIÓN MUTUA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240277718

Decreto 216 - PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN BINACIONAL DE COLABORACIÓN MUTUA

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN BINACIONAL DE COLABORACIÓN MUTUA

Núm. 216.- Santiago, 9 de septiembre de 2008.- Vistos: Los artículos 32, Nºs 6 y 15, y 54, Nº 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 30 de julio de 2008 el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Honduras suscribieron, en Ciudad de Tegucigalpa, el Memorándum de Entendimiento para la Creación de una Comisión Binacional de Colaboración Mutua.

Que dicho Memorándum de Entendimiento, al tenor de lo previsto en su Artículo V, entró en vigor en la fecha de su firma,

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Memorándum de Entendimiento para la Creación de una Comisión Binacional de Colaboración Mutua entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Honduras, suscrito en Ciudad de Tegucigalpa, el 30 de julio de 2008; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN BINACIONAL DE COLABORACIÓN MUTUA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Honduras, en adelante las Partes,

Con el propósito de consolidar y desarrollar la colaboración en distintas áreas que permita ampliar la agenda bilateral entre ambos Estados, sobre la base del beneficio mutuo,

Han convenido lo siguiente:

Artículo I

Las Partes crearán una Comisión Binacional destinada a fomentar la colaboración en los ámbitos Económico, Comercial, Financiero, Educacional, Científico, Técnico, Energético, Cultural, Turístico y de Transporte Aéreo, Combate al Narcotráfico Internacional y otras áreas que permitan ampliar la agenda bilateral, en adelante denominada "Comisión Binacional Chileno-Hondureña".

Artículo II

La Comisión Binacional tendrá las siguientes tareas:

  1. - Estudiar e instrumentar la aplicación de los acuerdos celebrados y analizar posibles proyectos en los...

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