Ley 20172 - INTRODUCE MODIFICACIONES A LA ASIGNACION FAMILIAR - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241060898

Ley 20172 - INTRODUCE MODIFICACIONES A LA ASIGNACION FAMILIAR

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

LEY NUM. 20.172

INTRODUCE MODIFICACIONES A LA ASIGNACION FAMILIAR

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:

Proyecto de ley:

Artículo único

Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:

1) Sustitúyese, en las letras g) de los artículos y , la frase "lo establecido en el N° 4 del artículo 29 de la ley N° 16.618" por "una medida de protección dispuesta por sentencia judicial".

2) En su artículo 7°:

  1. Agréganse, en los incisos segundo y tercero a continuación de los respectivos puntos apartes (.) que pasan a ser comas (,), la frase siguiente: "no requiriendo para ello el consentimiento del beneficiario.".

  2. Agrégase el siguiente inciso cuarto nuevo:

"Los empleadores y las entidades pagadoras de las asignaciones familiares, no podrán rechazar las solicitudes a que se refieren los incisos precedentes.".

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año 2006, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-24-

03.122 de la partida presupuestaria Tesoro Público.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 2 de febrero de 2007.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Osvaldo Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a usted, Lissette García Bustamante, Subsecretaria de Previsión Social.

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