Decreto núm. 313, publicado el 26 de Abril de 1997. ESTABLECE FACTOR ADICIONAL DE INCREMENTO DE REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DESTINADO EN EL EXTRANJERO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE FACTOR ADICIONAL DE INCREMENTO DE REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DESTINADO EN EL EXTRANJERO
Núm. 313.- Santiago, 6 de marzo de 1997.- Vistos:
El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 19.486 sobre presupuesto del sector público para el año 1997; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 de Relaciones Exteriores; el Decreto Nº 1.912 de 1996, de esta Secretaría de Estado y las Resoluciones Nºs. 55 de 1992 y 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Considerando la necesidad de hacer operativo para el año 1997 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 2 letra D) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.
D e c r e t o:
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Establécese para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentre destinado en el extranjero y percibiendo remuneraciones de acuerdo a la Planta A presupuesto en moneda extranjera, un factor adicional de incremento basado en indicadores de Escolaridad.
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Tendrán derecho a percibir este incremento los funcionarios que se hallen en la situación descrita en el artículo anterior, que tengan acreditadas cargas familiares en edad escolar y que cursen estudios regulares en el Estado receptor o en un tercer Estado también extranjero, en el último año de educación pre-escolar, básica y media reconocidos por el Estado extranjero en que se encuentren estudiando.
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El monto de este incremento, por cada hijo en edad escolar causante de asignación familiar, será igual a un 5% del sueldo base en el nivel de la Sexta Categoría Exterior, multiplicado por el índice de costo de vida del Estado Receptor, calculado mediante la multiplicación de la constante 506,37 por los factores que se detallan a continuación en los países que se indica:
País Factor 506.37
Afganistán 0,419907231
Albania 0,913166560
Alemania, Berlín 0,890369768
Alemania, Bonn 0,841645052
Alemania, Hamburgo 0,828140374
Angola 1,204206734
Antigua y Barbuda 0,958735674
Antillas Holandesas 1,207105639
Arabia Saudita 0,829563390
Argelia 0,761150300
Argentina 0,758962923
Armenia 0,884307166
Australia 0,889390962
Austria 0,870978078
Azerbaiján 0,842372446
Bahamas 0,958734663
Bahrain 0,846078280
Bangladesh 0,709448738
Barbados 0,889283575
Bélgica 0,852779359
Belize 0,770479247
Benin 0,910834302
Bhután 0,764549910
Bielorrusia 0,791231920
Bolivia 0,687970542
Bosnia-Herzegovina 0,746020730
Botswana 0,795603901
Brasil 1,036031832
Brunei 0,425095407
Bulgaria 0,770035847
Burkina Faso 0,821854312
Burundi 0,905657134
Cabo Verde 0,802404176
Cambodia 0,729451347
Camerún 0,845156438
Canadá 0,925807387
Canadá Montreal 0,959424229
Canadá Toronto 0,987020831
Chad...
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