Decreto 224 - MODIFICA DECRETO (M) N° 991, DE 1987, QUE FIJÓ LA JURISDICCIÓN DE LAS GOBERNACIONES MARÍTIMAS DE LA REPÚBLICA Y ESTABLECIÓ LAS CAPITANÍAS DE PUERTO Y SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 12 de Diciembre de 2012 |
MODIFICA DECRETO (M) N° 991, DE 1987, QUE FIJÓ LA JURISDICCIÓN DE LAS GOBERNACIONES MARÍTIMAS DE LA REPÚBLICA Y ESTABLECIÓ LAS CAPITANÍAS DE PUERTO Y SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES
Núm. 224.- Santiago, 3 de abril de 2012.- Visto:
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- Lo dispuesto en el artículo 32, N° 6 de la Constitución de la República.
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- La Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nac.
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- Artículos 13 y 14 del DFL. N° 292, de 1953, del Ministerio de Hac.
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- El decreto supremo (M) N° 991, de 26.Oct.1987, que fijó la jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas de la República y estableció las Capitanías de Puerto y sus respectivas jurisdicciones.
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- El decreto supremo (M) N° 86, de 29.Abr.2010, que crea la Quinta Zona Naval.
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- Lo solicitado por el Comandante en Jefe de la Armada, en oficio C.J.A. Ordinario N° 6415/6480, de 12.Ene.2012.
Decreto:
Modifícase el artículo 1° del decreto supremo (M) N° 991, de 26.Oct.1987, que fija la jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas de la República y establece las Capitanías de Puerto y sus respectivas jurisdicciones, en la siguiente forma:
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Sustitúyase el párrafo correspondiente a la Gobernación Marítima de Talcahuano, por el siguiente:
Su jurisdicción comprende desde el paralelo 34°41'00"S. (desembocadura de la laguna Boyeruca), límite norte de la Región del Maule, hasta el paralelo 38°30'00" S. (Punta Manuel), límite sur de la Región del Biobío. Incluye las lagunas Chica y Grande de San Pedro, los lagos Maule, Colbún, Teno, Vichuquén, Lanalhue y Lleu Lleu, e isla Quiriquina, Santa María y Mocha.
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Sustitúyase el párrafo correspondiente a la Capitanía de Puerto de Constitución, por el siguiente:
Su jurisdicción comprende desde el paralelo 34°41'00" S. (Punta Boyeruca), límite norte de la Región del Maule, hasta el paralelo 36°00'00" S. límite sur de la Región del Maule. Incluye los lagos Teno, Vichuquén, Colbún y Maule.
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Sustitúyase el párrafo correspondiente a la Capitanía de Puerto de Lirquén, por el siguiente:
Su jurisdicción comprende desde el paralelo 36°00'00" S. límite norte de la Región del Biobío, hasta la latitud 36°31'00"S.
Luego, desde esta latitud y la longitud 073°00'48" W. hacia el este y hacia el sur (Bahía de Concepción) hasta el paralelo 36°44'10" S. (Ribera Weste de la desembocadura del río Andalién) por el sur.
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Elimínase en el párrafo correspondiente a la Capitanía de Puerto de Talcahuano, luego de lagunas...
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