Decreto Con Fuerza De Ley núm. 1, el 11 de Noviembre de 1980. ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE. - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497442258

Decreto Con Fuerza De Ley núm. 1, el 11 de Noviembre de 1980. ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

ESTATUTO DEL PERSONAL DE INVESTIGACIONES DE CHILE D.F.L. N° 1.- Santiago, 15 de Mayo de 1980.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 2.460 -artículo 2° transitorio - de 1979,

vengo en dictar el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Estatuto del Personal de Investigaciones de Chile:

TITULO PRELIMINAR

Disposiciones generales

Artículo 1° El Personal de Policía de Investigaciones de Chile -Institución permanente del Estado dependiente del Ministerio de Defensa Nacional e integrante de las Fuerzas de Orden- es esencialmente profesional, jerarquizado, obediente y no deliberante, y estará sometido al Reglamento de Disciplina respectivo.
Artículo 2°

Quedará afecto a este Estatuto:

  1. El personal de la Planta de Policía de Investigaciones de Chile;

  2. El personal de la Planta de la Subsecretaría de Investigaciones;

  3. El personal de Policía de Investigaciones de Chile contratado en conformidad al artículo 26°, con excepción de las normas contenidas en los Capítulos 3°, 4° y 5°, del Título I;

  4. El personal de...

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