Decreto 66 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DEL SERVICIO DE DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA LOCALIDAD DE ANTOFAGASTA DE LA EMPRESA ECONSSA CHILE S.A. - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 287770467

Decreto 66 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DEL SERVICIO DE DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA LOCALIDAD DE ANTOFAGASTA DE LA EMPRESA ECONSSA CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 7 de Julio de 2011

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DEL SERVICIO DE DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA LOCALIDAD DE ANTOFAGASTA DE LA EMPRESA ECONSSA CHILE S.A.

Núm. 66.- Santiago, 6 de junio de 2011.- Vistos:

  1. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DFL MOP N° 70/88";

  2. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);

  3. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - El artículo 100 del DS. Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP N° 1.199/04";

  5. - El Decreto N°187 del 07 de junio de 2006, publicado el 08 de julio del mismo año, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  6. - El Decreto MOP. N° 97 de 10 de febrero de 2004, tramitado el 24 de marzo de 2004, que formalizó la transferencia del derecho de explotación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas de la Empresa de Servicios Sanitarios de Antofagasta S.A. (hoy ECONSSA CHILE S.A.) a la Empresa Aguas de Antofagasta S.A. (en adelante e indistintamente Aguas Antofagasta) por el lapso de 30 años.

  7. - El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  8. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. - Que , en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  10. - Que, en conformidad con el Decreto MOP N° 97/04, ESSAN S.A. (hoy ECONSSA CHILE S. A.) transfirió por 30 años a Aguas Antofagasta S.A. el derecho de explotación de los servicios públicos sanitarios ubicados en la Segunda Región del país según da cuenta dicho decreto;

  11. - Que, dicha transferencia excluyó explícitamente la transferencia del derecho de explotación de la concesión de disposición de aguas servidas de la ciudad de Antofagasta, la que, para todos los efectos legales, permanece bajo la explotación de ECONSSA CHILE S.A.

  12. - Que, el procedimiento de fijación de tarifas correspondientes a los servicios públicos sanitarios de ECONSSA CHILE S.A., correspondiente al quinquenio 2011-2016, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley;

  13. - Que en el proceso de fijación de tarifas de ECONSSA CHILE S.A., esta empresa hizo valer...

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