Decreto Ley 2244 - HACE EXTENSIVO EL BENEFICIO DE ASIGNACION DE ZONA QUE INDICA A TODO EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LAS LOCALIDADES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 248309410

Decreto Ley 2244 - HACE EXTENSIVO EL BENEFICIO DE ASIGNACION DE ZONA QUE INDICA A TODO EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LAS LOCALIDADES QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto Ley

HACE EXTENSIVO EL BENEFICIO DE ASIGNACION DE ZONA QUE INDICA A TODO EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LAS LOCALIDADES QUE SEÑALA

Núm. 2.244.- Santiago, 14 de Junio de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976,

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo único

Sustituye en el artículo 7° del decreto ley N° 249, de 1973, reemplazado por el artículo 26 del decreto ley N° 450, de 1974, en la parte relativa a la provincia de Llanquihue, la expresión "los Retenes de Carabineros" por las palabras "las localidades".

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- Cesar Benavides Escobar, General de División, Ministro de Defensa Nacional.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a U...

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