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Decreto 1 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 4 de enero de 2002.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 1 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;

  2. Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la ley Nº 17.798, agregado por el artículo 1 del decreto ley Nº 2.553 de 1979;

  3. D/S Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.Ene.2001;

  4. La resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República;

  5. Lo propuesto por la Dirección General de

    Movilización Nacional;

    D e c r e t o:

    1. Fíjase para regir en el Primer Semestre del año 2002, las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    Item Solicitud Tasa

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON ARMAS Y MUNICIONES

    Inscripciones:

    01* Solicitud para construir,

    legalizar, ampliar, modificar,

    inscribir o renovar inscripción

    de fábrica o armaduría

    (incluyendo industria, plantas

    independientes y polígonos de tiro,

    para comerciantes, importadores y

    reparadores de armas) $ 28.524.-

    02* Solicitud para inscribirse o

    renovar inscripción anual en los

    registros nacionales de:

  6. Importador de armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.524.-

  7. Importador de material bélico $ 28.524.-

  8. Exportador de armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.524.-

  9. Exportador de material bélico $ 28.524.-

  10. Comerciantes en armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.524.-

  11. Comerciante en material bélico $ 28.524.-

    03* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción anual en el registro

    nacional como "Consumidor Habitual" de:

  12. Municiones (sólo para Clubes de

    Tiro y Caza afiliados a la

    respectiva federación) $ 14.410.-

  13. Cartuchos Industriales $ 14.410.-

  14. Elementos Pirotécnicos de

    señales y seguridad para salvataje $ 14.410.-

    04* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional de Deportista $ 14.410.-

    05* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional de Coleccionista $ 28.524.-

    06 Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción en el Registro Nacional

    de Reparadores de Armas. (Anual) $ 14.410.-

    07 Solicitud de inscripción:

  15. Un arma de fuego (Incluye armas

    de colección y aquellas

    inutilizadas), una máquina

    lanzadora, de disparo o elementos

    similares a un arma de fuego $ 6.050.-

  16. Una máquina recargadora de

    cartuchos de caza $ 28.524.-

    Porte de Armas:

    08 Solicitud para portar arma de fuego:

  17. Un arma de puño defensa personal $ 22.610.-

  18. Un arma de caza o deporte $ 7.570.-

  19. Un arma para protección y seguridad $ 14.410.-

    Adquisiciones:

    09 Solicitud para adquirir elementos

    sometidos a control

    (comerciantes inscritos) $ 28.524.-

    10 Solicitud para adquirir un arma

    de fuego (particulares) $ 14.410.-

    11 Solicitud para adquirir municiones:

  20. Cartuchos para escopetas por

    personas sin permisos para portar

    armas de caza o deporte, máximo

    3.000 cartuchos por cada solicitud

    para adquirir. $ 2.880.-

  21. Cartuchos calibre 22 (por persona

    sin permiso para portar arma de

    deporte). Máximo 200 cartuchos por

    cada solicitud para adquirir. $ 2.880.-

  22. Cartuchos para armas de otros

    calibres máximo 100 cartuchos por

    cada solicitud para adquirir. $ 2.880.-

  23. Cartuchos para Clubes de Tiro

    y/o caza afiliados a una Federación

    e inscritos como consumidores

    habituales de munición (según

    almacenamiento autorizado por

    resolución de la Dirección General) $ 14.410.-

  24. Componentes de cartuchos de caza

    cada 4,5 Kgs. de pólvora, 3.000

    vainillas y 3.000 fulminantes,

    para particulares o clubes de tiro

    con máquina recargadora de

    cartuchos inscrita. $ 2.880.-

    12 Solicitud para adquirir cartuchos

    industriales (cada 5.000) bengalas de

    mano, bombas de humo, cohetes con

    paracaídas, boyas humo-luz, lanzacabos

    y electroshock y cualquier otro

    elemento de características similares. $ 1.380.-

    13 Solicitud para adquirir (transferencia)

    armas de fuego, máquinas recargadoras y

    otros elementos similares ya

    inscritos, por cada uno. $ 14.410.-

    14 Solicitud para adquirir una máquina

    recargadora de cartuchos de caza. $ 27.920.-

    15 Solicitud para adquirir repuestos

    mayores para armas de fuego (cierre,

    cañón, cajón de mecanismo o básculas

    y otros conjuntos de piezas completos). $ 6.050.-

    16 Solicitud para adquirir un arma para

    Servicio de Vigilantes Privados

    autorizado por decreto del Ministerio

    del Interior. $ 14.410.-

    17 Solicitud para adquirir cartuchos

    para armas de Servicio de Vigilantes

    Privados autorizados (hasta o cada 100

    cartuchos). $ 2.880.-

    Otras solicitudes:

    18 Solicitud para modificar el diseño o

    características de envase de un

    producto inscrito u otra modificación

    menor de sus especificaciones o normas. $ 9.020.-

    19 Solicitud de personas jurídicas para

    tenencia e inscripción de más de 2

    (dos) armas de fuego. $ 28.524.-

    20 Solicitud de personas jurídicas para

    entregar armas en comodato. $ 14.410.-

    1. SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y FUEGOS ARTIFICIALES

    Inscripciones:

    21* Solicitud para construir, ampliar,

    inscribir o renovar inscripción de

    fábricas o camiones-fábrica de

    explosivos, accesorios y componentes. $ 28.524.-

    22* Solicitud para construir, legalizar

    o renovar inscripción anual de

    polvorines, canchas y silos de

    nitrato de amonio según capacidad

    autorizada de dinamita 60% o su

    equivalente en otro explosivo:

  25. Hasta 70 Kgs. de dinamita al 60% o

    su equivalente en otros explosivos. $ 2.350.-

  26. Sobre 70 y hasta 1.000 Kgs.

    dinamita al 60% o su equivalente

    en otros explosivos. $ 14.410.-

  27. Sobre 1.000 Kgs. dinamita al 60% o

    su equivalente en otros explosivos. $ 28.524.-

    23* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción en los siguientes registros

    nacionales de:

  28. Importador de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.524.-

  29. Importador de productos químicos,

    gases irritantes, o elementos

    pirotécnicos o fuegos artificiales $ 28.524.-

  30. Exportador de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.524.-

  31. Exportador de productos químicos,

    gases irritantes, o elementos

    pirotécnicos o fuegos artificiales $ 28.524.-

  32. Comerciante de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.524.-

  33. Comerciante de productos químicos,

    gases irritantes, o elementos

    pirotécnicos o fuegos artificiales $ 28.524.-

    24* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción en el Registro Nacional de Consumidor Habitual de Explosivos, como:

  34. Pirquinero, materialero, cantero

    independiente o pequeño minero

    (renovación cada dos años según

    decreto supremo Nº 73 de 04.Dic.991) $ 2.350.-

  35. Empresas constructoras o

    contratistas, pequeña minería

    (renovación anual según Reglamento

    ...

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