Decreto 36 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Santiago, 16 de julio de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 36 exento.- Visto:
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Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.
-
Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la ley Nº 17.798, agregado por el artículo 1 del decreto ley Nº 2.553 de 1979:
-
D/S Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001.
-
La resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
-
Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional,
D e c r e t o :
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Fíjase para regir en el Segundo Semestre del año 2004 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM SOLICITUD TASA
-
SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON ARMAS Y MUNICIONES
Inscripciones:
01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar, modificar, inscribir o renovar inscripción de fábrica o armaduría (incluyendo industria, plantas independientes y polígonos de prueba, para comerciantes, importadores y reparadores de armas)
$ 29.880.-
02* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción anual en los registros nacionales de:
-
-
Importador de armas, municiones, cartuchos
industriales, luces de señales, gases
irritantes, electroshock, sus componentes y
elementos similares (cada rubro) $ 29.880.-
-
Importador de material bélico $ 29.880.-
-
Exportador de armas, municiones, cartuchos
industriales, elementos pirotécnicos, gases
irritantes, electroshock, sus componentes y
elementos similares
(cada rubro) $ 29.880.-
-
Exportador de material bélico $ 29.880.-
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Comerciante en armas, municiones, cartuchos
industriales, elementos pirotécnicos, gases
irritantes, electroshock, sus componentes y
elementos similares(cada rubro) $ 29.880.-
-
Comerciante de material bélico $ 29.880.-
03* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción anual en el registro nacional como "Consumidor Habitual" de:
-
Municiones (para Clubes de Tiro y Caza
afiliados a la
respectiva Federación) $ 15.160.-
-
Cartuchos industriales $ 15.160.-
-
Elementos Pirotécnicos de señales y seguridad
para salvataje $ 15.160.-
ITEM SOLICITUD TASA
04* Solicitud para
inscribirse en el
Registro Nacional de
Deportista o Deportista
Calificado $ 15.160.-
05* Solicitud para:
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Inscribirse en el Registro
Nacional de Coleccionista $ 29.880.-
-
Renovación anual como
coleccionista $ 3.040.-
06 Solicitud para inscribirse
o renovar inscripción en el Registro
Nacional de Reparadores de
Armas (Anual) $ 15.160.-
07 Solicitud de inscripción:
-
Arma de fuego inscrita por
primera vez (c/u) $ 6.370.-
-
Una máquina lanzadora,
de disparo o elementos
similares a un arma de fuego. $ 6.370.-
-
Una máquina recargadora de
munición $ 14.800.-
Porte de Armas:
08 Solicitud para portar arma de fuego:
-
Un arma de puño Defensa Personal $ 23.790.-
-
Un arma de Caza o Deporte $ 7.960.-
-
Un arma de Protección y Seguridad $ 15.160.-
Adquisiciones:
09 Autorización para Comprar elementos sometidos a
control (comerciantes inscritos) $ 29.880.-
10 Autorización para Comprar un Arma de Fuego
Nueva (particulares) $ 15.160.-
11 Autorización para Comprar Municiones:
-
Cartuchos para escopetas, por solicitud sin
permiso para portar arma de caza o deporte,
máximo 500 cartuchos (No excediendo el máximo
permitido 3.000 uu.) $ 3.040.-
-
Cartuchos calibre .22, por persona,
máximo 200 cartuchos........ $ 3.040.-
-
Cartuchos para armas de otros calibres, por
persona, máximo 100 cartuchos $ 3.040.-
-
Cartuchos para Clubes de Tiro y/o Caza
afiliados a una Federación e inscritos como
Consumidores Habituales de
Munición (según almacenamiento
autorizado por resolución de la Dirección
General) $ 15.160.-
-
Componentes de munición permitido, 2,5 kgs. de
pólvora, 500 vainillas, 500 fulminantes y 500
puntas de bala, para particulares y 4,5 kgs.
de pólvora, 3.000 vainillas, 3.000
fulminantes y 3.000 puntas de bala,
para Clubes de Tiro,
ambos con máquina recargadora de
cartuchos inscrita
(No excediendo el máximo permitido) $ 3.040.-
12 Autorización para Comprar (cada 5.000)
cartuchos industriales
y sobre 5 bengalas de mano, bombas de humo,
cohete con paracaídas, boyas humo-luz,
lanzacabos y cualquier otro elemento
de características similares $ 1.450.-
13 Solicitudes de Transferencia de:
-
Armas de fuego (con
inscripción incluida) $ 21.530.-
-
Una máquina lanzadora, de disparo o elementos
similares $ 21.530.-
a un arma de fuego
(con inscripción incluida)
-
Máquinas recargadoras
(con inscripción incluida) $ 29.880.-
14 Autorización para Comprar una máquina
recargadora de cartuchos de
munición nueva $ 29.370.-
15 Autorización para Comprar cada 1 repuesto mayor
para armas
de fuego (cierre, cañón, cajón
de mecanismo o básculas y
otros conjuntos de piezas completos) $ 6.370.-
16 Autorización para Comprar un arma para Servicio
de Vigilantes
Privados, autorizado
por Decreto del Ministerio
del Interior $ 15.160.-
17 Autorización para Comprar cartuchos para armas
de Servicio de Vigilantes Privados autorizados
(hasta o cada 100 cartuchos) $ 3.040.-
Otras Solicitudes:
18 Solicitud para modificar
el diseño o características
de envase de un producto
inscrito u otra modificación
menor de sus especificaciones
o normas $ 9.490.-
19 Solicitud de personas jurídicas para tenencia e
inscripción de más de 2 (dos)
armas de fuego $ 29.880.-
20 Solicitud de personas jurídicas para entregar
armas en comodato $ 15.160.-
ITEM SOLICITUD TASA
-
SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y FUEGOS ARTIFICIALES
Inscripciones:
21* Solicitud para construir, ampliar,
inscribir o
renovar inscripción de
fábricas o camiones-fábrica de explosivos,
accesorios y componentes $ 29.880.-
22* Solicitud para construir, legalizar o renovar inscripción anual de polvorines, canchas y silos de nitrato de amonio según capacidad autorizada de dinamita al
60% o su equivalente en otro explosivo:
-
-
Hasta 70 kgs. de dinamita al 60% o su
equivalente en otros
explosivos $ 2.480.-
-
Sobre 70 y hasta 1.000 kgs. dinamita al 60% o
su equivalente
en otros explosivos $ 15.160.-
-
Sobre 1.000 kgs. dinamita al 60% o su
equivalente en otros
explosivos $ 29.880.-
23* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción en los siguientes registros nacionales de:
-
Importador de explosivos, accesorios y partes
componentes...... $ 29.880.-
-
Importador de productos químicos o fuegos
artificiales $ 29.880.-
-
Exportador de explosivos, accesorios y partes
componentes...... $ 29.880.-
-
Exportador de productos
químicos o fuegos artificiales $ 29.880.-
-
Comerciante de explosivos, accesorios y partes
componentes $ 29.880.-
-
Comerciante de productos químicos o fuegos
artificiales $ 29.880.-
24* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción en el Registro Nacional de Consumidor Habitual de Explosivos, como:
-
Pirquinero, materialero, cantero
independiente o pequeño
minero (renovación cada dos
años según Decreto Supremo
N° 73 de 04.DIC.991) $ 2.480.-
-
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