Decreto 320 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS HABILES FUERA DE HORARIO NORMAL DE TRABAJO, SABADOS EN LA TARDE, DOMINGOS Y FESTIVOS Y EXIMESELE DEL USO DEL DISCO DISTINTIVO ESTATAL, EN EL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242464030

Decreto 320 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS HABILES FUERA DE HORARIO NORMAL DE TRABAJO, SABADOS EN LA TARDE, DOMINGOS Y FESTIVOS Y EXIMESELE DEL USO DEL DISCO DISTINTIVO ESTATAL, EN EL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS HABILES FUERA DE HORARIO NORMAL DE TRABAJO, SABADOS EN LA TARDE, DOMINGOS Y FESTIVOS Y EXIMESELE DEL USO DEL DISCO DISTINTIVO ESTATAL, EN EL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA

Núm. 320 exento.- Santiago, 3 de diciembre de 2002.- Visto: Lo solicitado por oficio Nº1.639 de 18 de noviembre de 2002, por el Servicio Nacional de Geología y Minería; lo dispuesto en el DL 799 y sus modificaciones posteriores; la circular Nº35.593, de la Contraloría General de la República; en el decreto supremo Nº19 de 2001, de la Secretaría General de la Presidencia; la resolución 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en los artículos 32 Nº8 y 35 de la Constitución Política de la República; y

Considerando

  1. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº302 de 1960 del Ministerio de Hacienda, corresponde especialmente al Ministerio de Minería la planificación y ejecución de la política de fomento minero como asimismo la protección y conservación de las riquezas mineras nacionales en las diferentes regiones del país.

  2. - Que, el Ministerio lleva a cabo estas funciones, fundamentalmente, por intermedio de la Subsecretaría de la cartera y el equipo profesional de la misma, así como de los servicios relacionados con la administración central por intermedio de este Ministerio.

  3. - Que el Servicio Nacional de Geología y Minería ha solicitado a esta Secretaría de Estado, autorización para que un automóvil asignado al Sr.

    Director Nacional, pueda circular fuera de horario normal de trabajo, los días sábados en la tarde, domingos y festivos.

  4. - Que, en mérito de lo anterior, es de

    imprescindible necesidad disponer de un vehículo que goce de autorización para circular sin restricción de día ni horario, permitiendo con ello la consecución de sus actividades funcionarias en forma más expedita y con las reservas que necesariamente procedan, dada las implicancias que de ellas podrían derivarse.

  5. - Que atendida las particulares características del uso que debe...

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