Resolución núm. 2912 EXENTA, publicada el 23 de Octubre de 2010. REVOCA AUTORIZACIÓN DE TALLERES PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL NÚMERO 5º DE LA RESOLUCIÓN Nº 65, DE 2000 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469853438

Resolución núm. 2912 EXENTA, publicada el 23 de Octubre de 2010. REVOCA AUTORIZACIÓN DE TALLERES PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL NÚMERO 5º DE LA RESOLUCIÓN Nº 65, DE 2000

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

REVOCA AUTORIZACIÓN DE TALLERES PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL NÚMERO 5º DE LA RESOLUCIÓN Nº 65, DE 2000

Núm. 2.912 exenta.- Santiago, 5 de octubre de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en D.F.L. Nº1 de 2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.290, de Tránsito, especialmente en su artículo 62, lo prescrito en la ley Nº 18.059, lo dispuesto en el decreto supremo Nº 55, de 1998, en la resolución Nº 65, de 2000, lo informado por la empresa Emasa S.A. y memorando 3CV Nº453, ambos del 24 de septiembre de 2010, y las demás normas aplicables,

Considerando:

  1. - Que de conformidad a lo dispuesto en la resolución 65, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la adecuación de vehículos motorizados al uso, como combustible, de gas natural comprimido o gas licuado de petróleo, debe realizarse en talleres autorizados por resolución del Subsecretario de Transportes.

  2. Que a solicitud de la empresa "Emasa S.A.", la Subsecretaría de Transportes mediante resolución exenta Nº757, de 26 de abril de 2006, autorizó para convertir vehículos al uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP) al taller "Sociedad Inversiones El Cardal Limitada", ubicado en Longitudinal Sur Nº0339, Rancagua.

  3. - Que la empresa habilitada "Emasa S.A." mediante carta de fecha 24 de septiembre de 2010...

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