Resolución núm. 19 EXENTA, publicado el 24 de Enero de 2013. APRUEBA GUÍA PARA LA SELECCIÓN Y CONTROL DE CASCOS DE PROTECCIÓN USO INDUSTRIAL, ELABORADA POR EL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA GUÍA PARA LA SELECCIÓN Y CONTROL DE CASCOS DE PROTECCIÓN USO INDUSTRIAL, ELABORADA POR EL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL
Núm. 19 exenta.- Santiago, 9 de enero de 2013.- Vistos estos antecedentes: La providencia núm. 3.444, de 12 de diciembre de 2012, de la Dirección de este Instituto; el memorándum núm. 606, de 10 de diciembre de 2012, del Departamento Salud Ocupacional; la "Guía para la selección y control de cascos de protección de uso industrial", elaborada por el Departamento Salud Ocupacional;
Considerando:
Primero: Que las lesiones en la cabeza son bastante comunes en países industrializados, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estas fluctúan entre el 3% y 6% de todas las lesiones laborales, éstas suelen ser graves y en promedio causan la pérdida de unas tres semanas de actividad laboral, e incluso pueden llegar a causar la muerte. En nuestro país, la cifra de accidentes en la zona de la cabeza llega al 8,2%. Dichas lesiones se producen por eventos como el impacto de objetos que caen, o por golpes contra superficies duras, el contacto con superficies calientes o energizadas;
Segundo: Que, de esta forma, el casco permite reducir la gravedad de tales impactos y sus consecuencias en la cervical, actuando, entre otros, sobre los siguientes peligros:
* Golpes y perforaciones provocados por la caída o proyección de
objetos (herramientas, tornillos y trozos de metales).
* Choques contra objetos fijos (filosos y/o lacerantes).
* Golpes provocados por la caída del trabajador.
* Contacto con energía eléctrica.
* Proyección de metales fundidos, líquidos calientes o corrosivos.
Tercero: Que en la actualidad existen diferentes tipos de cascos que varían en función de los riesgos a proteger en determinadas condiciones de trabajo. Una correcta selección habrá de considerar el tipo de riesgo, las actividades y condiciones del lugar de trabajo y las características del trabajador. Por esta razón, se recomienda la plena participación de los trabajadores en la selección del casco de protección;
Cuarto: Que, dado lo anteriormente expuesto, el Instituto de Salud Pública de Chile, a través de su Departamento de Salud Ocupacional, ha elaborado una guía que expone los criterios técnicos y las recomendaciones para una adecuada selección, uso, limpieza, mantención, almacenamiento y sustitución de los cascos de protección; y
Teniendo presente: lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley núm. 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en los artículos 60 y 61 letra a) del decreto con fuerza de ley núm. 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley núm. 2.763, de 1979, y de las leyes núm. 18.933 y núm. 18.469; en el artículo 10 letra a) del decreto supremo núm. 1.222, de 1996, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba el Reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; en el artículo 117, del decreto supremo núm. 594, de 15 de septiembre de 1999, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo núm. 122, de 28 de diciembre de 2010, del Ministerio de Salud; así como lo establecido en la resolución núm. 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente
Resolución:
Uno. Apruébase la siguiente "Guía para la selección y control de cascos de protección de uso industrial", elaborada por el Departamento Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile:
"1. Objetivo
Exponer los criterios técnicos y las recomendaciones para una adecuada selección, uso, limpieza, mantención, almacenamiento y sustitución de los cascos de protección.
2. Alcance
Personal involucrado la selección, uso, limpieza, mantención, almacenamiento, sustitución de cascos de protección.
3. Marco Legal
- DS N°18/1982: Certificación de Calidad de Elementos de Protección
Personal contra Riesgos Ocupacionales.
- DS N°173/1982: Reglamenta Autorización de Laboratorios que
Certifiquen la Calidad de Elementos de Protección Personal contra
Riesgos Ocupacionales.
- DS N°594/1999: Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
- Resolución exenta N° 971/12: Establece Criterios Técnicos de
Calificación de la Idoneidad de los Elementos de Protección Personal
Comercializados en el País para Uso en los Lugares de Trabajo.
4. Desarrollo
1. CASCOS DE PROTECCIÓN DE USO INDUSTRIAL
1.1 Definición y componentes
Elemento de protección personal, destinado a proteger la parte
superior de la cabeza del usuario, actuando como barrera protectora
y/o de absorción de energía1.
COMPONENTES DE CASCO DE SEGURIDAD
1.2 Clasificación según Norma Chilena
De acuerdo a la normativa NCh461-2001, los cascos se clasifican según
la protección que proporcionan, en las siguientes clases:
. Clase A: Cascos de protección que deben cumplir con los requisitos
de absorción de impacto, resistencia a la penetración, resistencia
a la llama, indicados en 6.2 a 6.4 de la norma NCh461-20012, y
deben soportar, además, una tensión de 30.000 V3 cuando se ensayan
de acuerdo al método descrito en 9.5 de la misma normativa.
. Clase B: Cascos de protección que deben cumplir con los requisitos
de absorción de impacto, resistencia a la penetración, resistencia
a la llama, indicados en 6.2 a 6.4 de la norma NCh461-2001, y
deben soportar, además, una tensión de 2.200 V4 cuando se ensayan
de acuerdo al método descrito en 9.5 de la misma normativa.
. Clase C: Cascos de protección que deben cumplir con los requisitos
de absorción de impacto, resistencia a la penetración, resistencia
a la llama, según NCh461-2001. Este casco no ofrece protección
contra descargas eléctricas.
La norma establece requisitos optativos para condiciones de riesgo
específicas, los cuales se presentan en la tabla 1:
1 Norma Chilena NCh 461-2001 Cascos de protección de uso industrial.
2 Según la NCh 461-2001, los requisitos son los siguientes:
. Absorción de impacto: la fuerza transmitida a la cabeza de ensayo debe
ser menor a 5 kN.
. Resistencia a la penetración: la punta del percutor no debe entrar en
contacto con la superficie de la cabeza de ensayo.
. Resistencia a la llama: los materiales que componen el casco deben
dejar de arder con emisión de llama después de transcurrido un período
de 5 s desde que se retira la llama.
3 Las tensiones señaladas son sólo para ensayo, lo que no quiere decir que
el casco garantice la protección contra 30.000 V.
4 Las tensiones señaladas son sólo para ensayo, lo que no quiere decir que
el casco garantice la protección contra 2.200 V.
2. SELECCIÓN CASCOS DE PROTECCIÓN DE USO INDUSTRIAL
La selección del casco de protección se deberá basar en la información que genera la identificación de los peligros y la evaluación de riesgos del lugar de trabajo.
Es importante que la evaluación identifique los procesos, las actividades que se realizan y la forma específica que adoptan los riesgos.
Asimismo, es conocido que las condiciones ambientales del puesto de trabajo afectan la vida útil del casco o su rendimiento protector contra formas específicas que adoptan los riesgos. Por otro lado, ciertas condiciones a veces determinan la necesidad de utilizar accesorios o llevan a tener en cuenta la contribución del casco al control de otros riesgos.
2.1.-Información a considerar en la selección de cascos de protección
El personal que participe en la selección debe estar capacitado e
incluir a los usuarios. Se recomienda considerar los siguientes
factores:
-
Condiciones del puesto de trabajo:
. Descripción de los procesos involucrados en las faenas.
. Detalle de las actividades que realiza el trabajador (áreas
energizadas, labores de construcción, faenas mineras, trabajos
con riesgo de caída, entre otras).
. Presencia de peligros asociados que pueden afectar la vida útil,
efectividad o ampliar las especificaciones técnicas del casco
(temperaturas extremas, ruido, radiación ultravioleta, trabajo
con riesgo de caída de altura, entre otros).
Como ayuda para la evaluación del lugar de trabajo, se adjunta en
servirá para registrar datos específicos del lugar de trabajo.
-
Certificación de calidad del casco de protección por un organismo
autorizado o reconocido por la autoridad sanitaria (ISPCH),
verificado mediante los siguientes parámetros:
. Identificación de la norma;
. Certificado de conformidad;
. Sello de conformidad;
. Marcado;
. Folleto...
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