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Resolución núm. 7880 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2013. INSTITUYE PREMIO NACIONAL DE URBANISMO Y APRUEBA BASES DEL MISMO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INSTITUYE PREMIO NACIONAL DE URBANISMO Y APRUEBA BASES DEL MISMO

Santiago, 30 de octubre de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 7.880 exenta.- Visto: El DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391, en especial lo previsto en sus artículos 2º números 9º y 15; y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando

  1. Que es función de esta Secretaría de Estado fomentar la investigación científica y el perfeccionamiento profesional y laboral en materia de vivienda y urbanismo.

  2. Que se ha estimado de toda conveniencia la institución de un premio destinado a reconocer a profesionales, principalmente chilenos, que se han destacado por su trayectoria de excelencia, calidad y creatividad, contribuyendo de forma relevante a la disciplina del urbanismo aportando así a mejorar la calidad de vida y bienestar de los habitantes de nuestras ciudades.

  3. Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en conjunto con el Colegio de Arquitectos de Chile, ha otorgado en cinco oportunidades este reconocimiento.

  4. Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha preparado las Bases del Premio Nacional de Urbanismo a fin de invitar tanto a instituciones públicas como privadas a nominar posibles candidatos, dicto la siguiente:

Resolución:

Primero.- Institúyese el Premio Nacional de Urbanismo que otorgará cada cuatro años, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, destinado a reconocer a profesionales de nacionalidad chilena, que se han destacado por su trayectoria de excelencia, calidad y creatividad, contribuyendo de forma relevante a la disciplina del urbanismo y aportando a mejorar la calidad de vida y bienestar de los habitantes de nuestras ciudades. Pudiendo dicho Premio ser concedido en forma póstuma.

Excepcionalmente el Premio o galardón podrá ser concedido a profesionales extranjeros que cuenten con un mínimo de diez años de residencia en Chile y cuya obra se haya desarrollado preferentemente en el país.

Los profesionales podrán ser nominados candidatos al Premio Nacional de Urbanismo en más de una ocasión, con la sola excepción de aquellos quienes ya hayan sido distinguidos con este galardón.

Segundo.- Apruébanse las Bases del Premio Nacional de Urbanismo a que se hace referencia precedentemente, las que se transcriben a continuación del numeral quinto de la presente resolución.

Tercero.- El Premio consistirá en un diploma y una ceremonia pública, y no irrogará gastos a este Ministerio.

Cuarto.- Desígnase como Director del Premio Nacional de Urbanismo al Jefe de División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Quinto.- Derógase la resolución exenta Nº 9.271, de 29 de diciembre 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que instituye el Premio Nacional de Urbanismo.

BASES DEL PREMIO NACIONAL DE URBANISMO

Artículo 1º Objetivo

Teniendo presente que las ciudades son la máxima expresión de las sociedades que las habitan, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha instituido el Premio Nacional de Urbanismo, con el objetivo de reconocer la obra de profesionales chilenos o extranjeros, que han realizado a lo largo de su carrera, contribuciones relevantes a la disciplina del urbanismo y se han destacado a través de una trayectoria de excelencia, calidad y creatividad, constituyendo un aporte trascendente a la mejora de la calidad de vida y bienestar de los habitantes de las ciudades y pueblos chilenos.

En particular se busca estimular la labor y el compromiso de quienes hayan hecho un aporte sustantivo al quehacer urbano de nuestro país, ya sea en el ámbito de las...

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