Resolucion núm. 2352 EXENTA, el 16 de Septiembre de 2008. ESTABLECE CLASIFICACIÓN DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE CLASIFICACIÓN DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO
Núm. 2.352 exenta.- Valparaíso, 29 de agosto de 2008.- Visto: El Informe Técnico Nº 2969 de fecha 26 de agosto de 2008, del Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría; el Informe del Comité Técnico establecido en el D.S. Nº 319 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, contenido en el Informe Técnico citado anteriormente; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983 y en la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los D.S. Nº 319 del 2001 y Nº 359 de 2005 y el D. exento Nº 626 del 2001, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando:
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Que, el artículo 3º del D.S. Nº 319 del 2001, modificado por el D.S. Nº 359 de 2005, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, prescribe que las enfermedades de alto riesgo se clasificarán por grupos de especies hidrobiológicas, considerando su virulencia, nivel de diseminación o impacto económico para el país, en Lista 1 y Lista 2, en conformidad a lo señalado en la misma disposición.
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Que, el inciso final del citado artículo establece que anualmente, en el mes de agosto, esta Subsecretaría deberá dictar una resolución que contendrá la clasificación de las enfermedades de alto riesgo previo informe del Comité Técnico establecido en el Título XII del D.S. Nº 319 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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Que, el Comité Técnico establecido en el Reglamento antes individualizado ha emitido su informe técnico.
Resuelvo:
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- Establécese la siguiente clasificación de enfermedades de alto riesgo, en conformidad a lo prescrito en el artículo 3º del D.S. Nº 319 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas:
LISTA 1 DE PECES:
Enfermedad Agente causal
Necrosis Hematopoyética Virus de la necrosis
Epizoótica Hematopoyética Epizoótica
Necrosis Hematopoyética
Infecciosa Virus de la Necrosis
Hematopoyética Infecciosa
Herpesvirosis del
Salmón Masou Virus del Oncorhynchus
masou (Herpesvirus tipo II)
Septicemia Hemorrágica
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