Decreto núm. 1020, publicado el 24 de Mayo de 2010. APRUEBA MODIFICACIÓN A LA 'ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y SUPERIOR, ESPECIAL, EXCELENCIA ACADÉMICA Y CODEDUC' - MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469845750

Decreto núm. 1020, publicado el 24 de Mayo de 2010. APRUEBA MODIFICACIÓN A LA 'ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y SUPERIOR, ESPECIAL, EXCELENCIA ACADÉMICA Y CODEDUC'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIÓN A LA "ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y SUPERIOR, ESPECIAL, EXCELENCIA ACADÉMICA Y CODEDUC"

Maipú, 15 de marzo de 2010.- Con esta fecha se decreta lo que sigue:

Núm. 1.020.- Vistos: El acuerdo Nº 1.731 adoptado en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal celebrada el 26 de febrero del año 2010, el cual modifica la Ordenanza sobre otorgamiento de Becas de Estudio de Educación Básica, Media, Superior, Especial, Excelencia Académica y CODEDUC; decreto alcaldicio Nº 5.811, de fecha 28 de diciembre del año 2009; el acuerdo Nº 1.698 adoptado en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal celebrada el 11 de diciembre de 2009 que aprobó la "Ordenanza sobre otorgamiento de Becas de Estudio de Educación Básica, Media, Superior, Especial, Excelencia Académica y CODEDUC"; el decreto alcaldicio Nº 4.293, de 14 de septiembre del año 2001, que aprobó la Ordenanza Municipal sobre otorgamiento de Becas de Estudio de Educación Básica, Media y Superior; el decreto alcaldicio Nº 864, del 6 de marzo de 2003, que modifica dicha ordenanza; el decreto alcaldicio Nº 2.111, del 15 de abril de 2004; el Acta de Proclamación del señor Alcalde Alberto Undurraga Vicuña del 1º Tribunal Electoral de fecha 25 de noviembre de 2008; el decreto alcaldicio Nº 6.539, de 3 de diciembre de 2007, que designa Secretario Municipal a don José Gustavo Ojeda Espinoza, y en uso de las facultades del artículo 63 del DFL Nº 1, del año 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Considerando: La necesidad de modificar y actualizar la "Ordenanza sobre otorgamiento de Becas de Estudio de Educación Básica, Media y Superior, Especial, Excelencia Académica y CODEDUC", atendido los nuevos requerimientos de la comunidad,

Decreto:

  1. - Apruébese la modificación a la "Ordenanza sobre otorgamiento de Becas de Estudio de Educación Básica, Media y Superior, Especial, Excelencia Académica y CODEDUC" aprobada por decreto alcaldicio Nº 5.811, de fecha 28 de diciembre del año 2009 y fíjese el texto refundido y sistematizado de ella, en el siguiente tenor:

ORDENANZA SOBRE EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA, SUPERIOR, ESPECIAL, EXCELENCIA ACADÉMICA Y CODEDUC

 

Artículo 1º

La presente ordenanza municipal regula las características, los criterios de selección y los requisitos de la Beca de Estudios de la Municipalidad de Maipú.

TÍTULO I Artículos 2 a 4

De la Beca de Estudios de la Municipalidad de Maipú

Artículo 2º

La Beca de Estudio de la Municipalidad de Maipú se ha establecido como una forma de premiar y asistir a los alumnos de excelencia académica, con una situación socioeconómica deficitaria y que residen en la comuna.

Artículo 3º

Esta beca consiste en un monto de dinero pagado en cuotas mensuales según programa anual que corresponda a la institución de educación en que curse los estudios el becado y, asimismo, en el pago de la matrícula.

Artículo 4º

Esta beca deberá ser postulada por los interesados o sus apoderados anualmente, pudiendo renovarse siempre que se mantengan los requisitos académicos y socioeconómicos, en el mes de enero para aquellos que postulen a becas para la enseñanza básica, media, especial y de excelencia académica y en el mes de marzo para aquellos que postulen a la beca de enseñanza superior y CODEDUC.

TÍTULO II Artículo 5

Del tipo de Beca

Artículo 5º

La beca de estudios de la Municipalidad de Maipú considera los siguientes tipos:

Primer Tipo: Beca para Estudios Superiores.

Esta beca está destinada a personas que no cuenten con un título profesional o técnico profesional y que ingresan a una Universidad chilena, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica ubicado en cualquier lugar del país y que se encuentre acreditado por la Comisión Nacional de Acreditación.

Segundo Tipo: Beca para estudios en la Enseñanza Media.

Esta beca está destinada a los alumnos de Enseñanza Media (de primero a cuarto medio o su equivalente), ya sea que estudien en jornada diurna o vespertina.

Tercer Tipo: Becas para estudios en la Enseñanza Básica.

Esta Beca está destinada a alumnos de 7º y 8º años de Enseñanza Básica.

Cuarto Tipo: Beca especial.

Esta beca está destinada a aquellos alumnos de escuelas especiales y aquellos alumnos destacados en deporte.

El monto de la beca otorgada será el equivalente al año del nivel educacional al que postula y que se encuentre matriculado en un establecimiento educacional reconocido por el Estado.

Los alumnos que postulen a esta beca serán pre-seleccionados por las Oficinas Municipales de Discapacidad y Deporte, quienes evaluarán caso a caso y los presentarán a la Comisión de Becas.

Quinto Tipo: Beca Municipal de Excelencia Académica.

Esta Beca está destinada a alumnos que se destaquen por su excelencia académica por el puntaje obtenido en la PSU.

Sexto Tipo: Beca CODEDUC.

Esta Beca está destinada a alumnos que egresan de 4º medio y que obtengan 700 o más puntos en la PSU, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8º de esta ordenanza.

TÍTULO III Artículos 6 a 18

De los requisitos y criterios de evaluación

Párrafo I Artículos 6 a 9

De los requisitos

Artículo 6º

Los requisitos generales para acceder a la Beca de Estudios de la Municipalidad de Maipú son:

1) Ser alumno regular de un establecimiento de educacional reconocido por el Estado.

2) Ser residente de la comuna de Maipú, indistintamente del lugar donde desarrolle sus estudios.

3) No ser beneficiario de Beca Presidente de la República, Beca Nuevo Milenio, Beca Bicentenario, Beca Indígena, Juan Gómez Millas, Padre Hurtado, Juan Pablo II, Beca para hijos de Profesionales de la Educación, Beca para estudiantes destacados que ingresen a pedagogía o de otro beneficio que otorgue al estudiante una cantidad de dinero similar o superior a la beca municipal.

4) Declaración jurada simple donde señale que el postulante no es beneficiario de ningún tipo de beca.

5) No podrán acceder a la beca los alumnos que ya cuenten con un título, sea universitario o técnico profesional.

Artículo 7º

En caso que se detecte que el beneficiario con la beca municipal tenga otra beca que se encuentre vigente y que no haya declarado...

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