Resolución núm. 824 EXENTA, publicado el 03 de Enero de 2013. EXCEPTÚA DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, ESTABLECIDA EN LA RESOLUCIÓN N°803 EXENTA, DE 2012, A LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO QUE INDICA, EN CONDICIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468908058

Resolución núm. 824 EXENTA, publicado el 03 de Enero de 2013. EXCEPTÚA DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, ESTABLECIDA EN LA RESOLUCIÓN N°803 EXENTA, DE 2012, A LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO QUE INDICA, EN CONDICIONES QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

EXCEPTÚA DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, ESTABLECIDA EN LA RESOLUCIÓN N°803 EXENTA, DE 2012, A LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO QUE INDICA, EN CONDICIONES QUE SEÑALA

Núm. 824 exenta.- Arica, 31 de octubre de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; la Ley N° 18.059; el decreto N° 255, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y las resoluciones N° 59, de 1985 y N° 39, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta N° 803, de 2012, de esta Secretaría Regional Ministerial, y demás normativa vigente aplicable.

Considerando:

  1. Que el resuelvo 1, de la resolución exenta N° 803, citada en Visto, dispuso la prohibición de circular a los vehículos de transporte público urbano del tipo Taxi, que funcionan en las modalidades de Básico, Turismo y Colectivo Urbano, por las calles incluidas en la red vial básica de la ciudad de Arica, durante el período comprendido entre el 29 de octubre de 2012 y el 25 de octubre de 2013, de acuerdo al último dígito de su placa patente única y al calendario establecido.

  2. Que el resuelvo 4, de la citada resolución exenta, indica que la implementación práctica de esta prohibición será sometida a evaluaciones técnicas periódicas que permitan su mejor y más eficaz control a fin de efectuar, si fuere pertinente, las correcciones que eventualmente resulten necesarias.

  3. Que, atendido a que existen solicitudes de transportistas y representantes legales de Servicios de Taxis Básicos y de Turismo, en el sentido de ser eximidos de la prohibición de circular, fijada por resolución exenta N° 803, de 2012.

  4. Que se han efectuado las evaluaciones respectivas, considerándose pertinente acceder a la excepción solicitada.

    Resuelvo:

  5. Exceptúase de la prohibición de circular, establecida en la resolución exenta N° 803, de 2012, a los vehículos que presten servicio en la modalidad de Taxis Básico y Taxis de Turismo, que como agrupación, tengan autorización de la Ilustre Municipalidad de Arica y de la Concesionaria del...

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