Resolución núm. 340, publicada el 09 de Febrero de 2010. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº2.578, DE 2009 Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ CENTRO NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº2.578, DE 2009 Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ CENTRO NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD
Santiago, 28 de octubre de 2009.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 340.- Visto:
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El Acuerdo de Consejo Nº1.754, de 1994, que crea el Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad, modificado por los Acuerdos de Consejo Nº1.785 de 1995, y Nº1.834 de 1996.
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La resolución (A) N°169, de 1995 que fija el Reglamento del Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad, modificada por la resolución (A) N° 105, de 1996.
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El Acuerdo de Consejo N° 2.578, de 2009, que fija normas de funcionamiento del Comité Centro Nacional de Productividad y Calidad y deroga Acuerdos de Consejo N° 1.754, de 1994, N° 1.785 de 1995, y N°1.834 de 1996 .
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Lo dispuesto en la disposición transitoria, N° 2 del Acuerdo de Consejo N° 2.578, de 2009, que faculta al Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación para reglamentar el Acuerdo referido, pudiendo para ello refundir, coordinar y sistematizar los acuerdos de Consejo de la Corporación relativos al Comité Centro Nacional de Productividad y Calidad.
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El decreto con fuerza ley N° 211 del Ministerio de Hacienda de 1960, que establece en su artículo 9 que radica en el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación la facultad de contratar al personal de la Corporación y en su artículo 7 que dispone que el Vicepresidente Ejecutivo podrá delegar parte de sus facultades y conferir poderes especiales, y la conveniencia de delegar esa función al Director Ejecutivo del Comité.
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Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la ley Nº 19.880, las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente.
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Las facultades que me confiere el Reglamento General de la Corporación, así como lo previsto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Resuelvo:
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Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.578, de 2009, que fija normas de funcionamiento del Comité Centro Nacional de Productividad y Calidad.
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Déjase sin efecto la resolución (A) N° 169, de 1995, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Corporación, que fija el Reglamento del Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad modificada por la resolución (A) N° 105, de 1996.
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Apruébase el siguiente Reglamento por el cual deberá regirse el funcionamiento del Comité Centro Nacional de Productividad y Calidad.
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CREACIÓN Y OBJETIVOS DEL COMITÉ
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Créase un Comité dependiente de esta Corporación que actuará bajo la personalidad jurídica de ésta, con el nombre de Comité Centro Nacional de Productividad y Calidad -que para todos los efectos podrá utilizar la sigla -ChileCalidad-, en adelante "el Comité". Dicho Comité será de aquellos a que se refiere el inciso tercero del artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960, y se regirá adicionalmenle por las normas del presente instrumento. Este Comité reemplaza, para todos los efectos legales y reglamentarios, al Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad, creado en virtud del Acuerdo N° 1.754, de 1994, del Consejo de la Corporación.
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El Comité tendrá como misión promover un movimiento por la mejora continua y la innovación en la gestión de las organizaciones públicas y privadas del país, elevando su calidad y productividad y fortaleciendo sus relaciones laborales.
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Serán Objetivos del Comité:
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Ser referente promotor de la gestión de excelencia y construir una masa crítica de organizaciones que utilizan el Modelo Chileno de Gestión de Excelencia,
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Promover una cultura de excelencia y calidad incentivando la mejora continua de las Organizaciones, ya sea realizando o apoyando estudios, programas o proyectos en alianza con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
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Apoyar y difundir, las iniciativas de grupos de empresas, asociaciones, trabajadores y organizaciones sindicales en el mejoramiento constante de la productividad y la calidad.
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Identificar y promover acciones y medidas nacionales orientadas a fortalecer el movimiento en pro de la productividad y la calidad.
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Estimular la concertación entre los sectores público, empresarial y sindical para elevar la productividad y la calidad de las Organizaciones.
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Desarrollar y fortalecer la capacidad de iniciativa y de acción de instituciones, públicas o privadas, que proporcionen asesoría, capacitación y educación en el dominio de la productividad y la calidad.
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Canalizar recursos de la cooperación internacional, con especial énfasis en la exploración de formas de cooperación horizontal.
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Establecer alianzas con Instituciones de Educación superior que permitan difundir y promover la gestión de calidad de excelencia.
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Realizar y promover actividades de educación, formación, capacitación técnica y difusión en las materias de su competencia.
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Colaborar en la generación y fortalecimiento de redes, entre...
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