Resolución núm. 436, publicada el 13 de Mayo de 2011. DELEGA ATRIBUCIONES Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 722, DE 2006 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469667350

Resolución núm. 436, publicada el 13 de Mayo de 2011. DELEGA ATRIBUCIONES Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 722, DE 2006

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

DELEGA ATRIBUCIONES Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 722, DE 2006

Santiago, 14 de septiembre de 2009.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:

Núm. 436.- Vistos y Considerando:

  1. El artículo 17 bis de la ley Nº 16.752, Orgánica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que permite al Director General delegar una o más de sus atribuciones mediante resoluciones que serán remitidas a la Contraloría General de la República para el trámite de toma de razón, y podrán revocarse en la misma forma, cuando aquello considere conveniente.

  2. Que en consecuencia, por tratarse de una materia que la ley determina expresamente que debe ser sometida al trámite de toma de razón, este acto administrativo se encuentra sujeto a dicho trámite.

  3. El decreto supremo Nº 222 (Av), del 3 de diciembre de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, se aprobó el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

  4. La resolución Nº 722, del 18 de abril de 2006, de esta Dirección General.

  5. Que es conveniente efectuar una nueva delegación de atribuciones, atendida la modificación de la Orgánica del Servicio, dispuesta por decreto supremo Nº 107, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, y a la experiencia obtenida con el ejercicio de las facultades delegadas anteriormente, de tal modo de permitir el adecuado cumplimiento de la función pública.

  6. Lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Deléganse, a contar de la fecha de la total tramitación de esta resolución, las atribuciones que a continuación se indican:

    A.- Delegaciones de Carácter General

    Los Directores de Departamento, Jefes de Subdepartamento, Jefes Zonales, Jefes de Aeropuertos y Aeródromos, dentro del ámbito de sus competencias, ejercerán las siguientes atribuciones:

    1) Conceder feriado legal y permiso hasta por seis días con goce de remuneraciones al personal de su dependencia.

    2) Disponer, al personal de su dependencia, comisiones de servicio y cometidos funcionarios dentro del territorio nacional, con derecho al pago de viáticos.

    3) Ordenar trabajos extraordinarios y turnos entre el personal de su dependencia, autorizando los descansos complementarios que correspondan.

    4) Cursar recibos a rendir cuenta hasta por un monto máximo de 15 UTM para atender necesidades de carácter urgente e imprevistos, de acuerdo a la disponibilidad de fondos autorizados en el presupuesto de su organización.

    5) Designar por resolución al o los funcionarios de su dependencia, recaudadores o pagadores, ya sean de documentos o efectivo (cajeros o encargados de fondo fijo).

    6) Disponer entregas de unidades de su dependencia y nombrar las comisiones interventoras.

    7) Establecer jornadas de trabajos especiales que permitan completar el horario legal mensual, respecto de aquellos funcionarios que desarrollen actividades docentes dentro del horario habitual de servicio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 65 y 87 de la ley 18.834 "Estatuto Administrativo".

    8) Cobrar y percibir instrumentos financieros que hayan sido otorgados a favor de la Dirección General de Aeronáutica Civil en pago de derechos de concesión, rentas de arrendamiento, gastos comunes u otros conceptos o en garantía del fiel cumplimiento de contratos.

    9) Establecer jornadas de trabajos especiales, respecto de aquellas funcionarias que tengan derecho de alimentar a sus hijos menores de dos años, según lo establece el artículo 206 del Código del Trabajo.

    10) Administrar los fondos fiscales en las cuentas corrientes subsidiarias de la Cuenta Única Fiscal del Banco del Estado de Chile que sea titular la Dirección General de Aeronáutica Civil, y hayan sido asignadas a la respectiva Unidad, previa autorización de la Contraloría General de la República en virtud de la ley 10.336.

    B.- Delegaciones de Carácter Específico

    Deléganse específicamente en los Jefes de las Unidades que se indican las siguientes atribuciones:

    Departamento Secretaría General

    1) Actuar como ministro de fe de la Institución, otorgando las certificaciones que fuere menester, en calidad de autoridad aeronáutica.

    2) Dictar Órdenes del Día, indicando al personal que integrará el turno semanal en la Región Metropolitana, para situaciones de emergencia, a proposición del Departamento respectivo.

    3) Adquirir, ejecutar actos y celebrar contratos en los términos previstos en la letra v) de la ley Nº 16.752, hasta 400 UTM y dictar las resoluciones que aprueben dichos contratos, entendiéndose incluida en esta facultad todo el proceso de propuesta pública, privada o trato directo, según correspondiere; dictar las resoluciones que justifiquen la necesidad de recurrir a uno u otro sistema de contratación y la adjudicación de los

    respectivos contratos".

    4) Ejecutar los actos y celebrar los contratos que se requieran para la conservación, reparación y mantención de los bienes fiscales muebles e inmuebles; aseo; jardines y otros servicios auxiliares y dictar las resoluciones que aprueben dichos contratos, hasta 500 UTM, entendiéndose incluida en esta facultad todo el proceso de propuesta pública, privada o trato directo, según correspondiere; dictar las resoluciones que justifiquen la necesidad de recurrir a uno y otro sistema de contratación y la adjudicación de los respectivos contratos.

    5) Celebrar contratos de obra pública, entendiéndose incluido en esta facultad todo el proceso de propuesta pública, privada o trato directo, según correspondiere, y la adjudicación del contrato, hasta 200 UTM.

    6) Responder las solicitudes de información y dictar los demás actos administrativos durante el procedimiento de acceso a la información, establecido por la ley Nº 20.285

    Subdepartamento Museo Nacional Aeronáutico y del Espacio

    1) Adquirir, ejecutar actos y celebrar contratos en los términos previstos en la letra v) del artículo 3 de la ley Nº 16.752 hasta 800 UTM y dictar resoluciones aprobando dichos contratos.

    2) Ejecutar los actos y celebrar los contratos que se requieran para conservación, reparación y mantención de los bienes fiscales muebles e inmuebles; aseo; jardines y otros servicios auxiliares y dictar resoluciones aprobando dichos contratos hasta 200 UTM.

    3) Celebrar contratos de obra pública, entendiéndose incluida en esta facultad todo el proceso de propuesta pública, privada o trato directo, según correspondiere, y la adjudicación del contrato, hasta 200 UTM.

    4) Autorizar licencias médicas al personal de su dependencia.

    Departamento Auditoría Interna

    Disponer comisiones de servicio y cometidos funcionarios dentro del territorio nacional, con derecho al pago de viáticos, a los auditores concurrentes, nombrados por el Director General para el cumplimiento del plan anual de auditoría o aquellas que se determinen especialmente.

    Departamento Jurídico

    Otorgar prórroga de los plazos de instrucción en los Sumarios Administrativos y en las Investigaciones Sumarias Administrativas.

    Conservador del Registro Nacional de Aeronaves

    Otorgar, en conformidad al artículo 38 del Código Aeronáutico, la matrícula de aeronaves pertenecientes a personas naturales o jurídicas extranjeras, siempre que tengan o ejerzan en el país algún empleo, profesión o industria permanentes. Igual autorización podrá conceder respecto de aeronaves extranjeras operadas, a cualquier título, por empresas de aeronavegación chilenas.

    Departamento Planificación

    Disponer comisiones de servicio y cometidos funcionarios dentro del territorio nacional, con derecho al pago de viáticos, a cualquier funcionario del Servicio que sea necesario para el cumplimiento de sus fines.

    Departamento Prevención de Accidentes

    1) Dictar y firmar resoluciones exentas para iniciar las investigaciones administrativas de los accidentes e incidentes de aviación y nombrar a los investigadores correspondientes.

    2) Iniciar las investigaciones infraccionales, solicitar declaración a los involucrados en ellas, formular cargos, abrir términos probatorios, recibir los medios de prueba y dictar todas las resoluciones de trámite durante la investigación hasta la etapa de resolución.

    Departamento Seguridad Operacional

    1) Otorgar, suspender y renovar los Certificado de Operador Aéreo (AOC) a las empresas aéreas.

    2) Disponer comisiones de servicio y cometidos funcionarios dentro del territorio nacional, con derecho al pago de viáticos, a cualquier funcionario del servicio que sea...

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