Decreto 487 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242901930

Decreto 487 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 18 de julio de 2002.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 487.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La ley Nº18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. El Nº1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. El decreto supremo Nº145, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº1.117, de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijan la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

  6. La resolución exenta Nº130, de 08.02.2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº29.555, de 25.09.2001.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    D e c r e t o:

    Modifícase la concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº96.806.980-2, con domicilio en Avenida Andrés Bello Nº2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Instalar, operar y explotar cuatro (4) Estaciones Base:

      CARACTERISTICAS DE LAS ESTACIONES BASE

      Banda Potencia Tipo de Sistema

      Máxima Emisión Radiante

      1895-1910 MHz 20 Watts 200KG7WWW Antenas

      1975-1990 MHz direccionales con

      ganancia máxima

      según lo que indica.

      VER DIARIO OFICIAL DE 04.09.2002, PAGINA 17

      Se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros.

    2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

    3. Los plazos serán los que se indican a...

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