Decreto 46 - APRUEBA BASES CONCURSO DE PROYECTOS 2004 NUCLEOS CIENTIFICOS I.C.M.
Emisor | MINISTERIO DE PLANIFICACION Y COOPERACION |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA BASES "CONCURSO DE PROYECTOS 2004 NUCLEOS CIENTIFICOS I.C.M."
Santiago, 19 de marzo de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 46.- Visto: La ley Nº 18.989, Orgánica del Ministerio de Planificación y Cooperación; el decreto supremo Nº 151 de 1999, de esta Secretaría de Estado, que crea la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio; el decreto supremo Nº 434, de 1991, de esta Secretaría de Estado; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio, está destinada a asesorar al Presidente de la República en todo cuanto diga relación con la proposición de políticas que apunten al fomento de las capacidades de investigación científica; a la realización de investigaciones; a la preparación de científicos jóvenes en la investigación práctica y a la diseminación de nuevos conocimientos científicos mediante programas educativos y de extensión. Que se ha estimado conveniente y oportuno por la Secretaría Ejecutiva de la Iniciativa Científica Milenio llamar a concurso para la creación de nuevos Núcleos Científicos, para cuyo efecto se aprueban las siguientes bases,
Decreto:
Apruébanse las siguientes Bases "Concurso de Proyectos 2004 Núcleos Científicos ICM":
"BASES
CONCURSO DE PROYECTOS 2004 NUCLEOS CIENTIFICOS ICM
-
Definiciones
1.1. Proyecto: Se entenderá por Proyecto toda
aquella propuesta de investigación
científica que se enmarque dentro de los
límites establecidos en estas bases, en
cuanto al personal involucrado, los montos
solicitados y la propuesta técnica.
Se distinguen dos tipos de proyectos:
Perfiles Preliminares de Proyectos y
Proyectos Definitivos, que serán
requeridos de presentar de acuerdo a lo
descrito en estas bases.
1.2. Núcleo Científico: Corresponde a un
proyecto en que participa un Investigador
Responsable, dos o más investigadores
asociados claves y un número mayor de
investigadores jóvenes, estudiantes de
postgrado o postdoctorantes.
1.3. Investigador Responsable: Corresponde a la
persona encargada y responsable del
proyecto. Debe ser un investigador
científico con una trayectoria en
investigación científica promisoria
respaldada por publicaciones y por, a lo
menos, el reconocimiento de la comunidad
científica nacional. El Investigador
Responsable tiene que tener capacidad de
dirigir proyectos de investigación
científica.
1.4. Investigador Asociado Clave: Corresponde a
un investigador con una destacada
trayectoria en investigación científica
respaldada por publicaciones y por, a lo
menos, el reconocimiento de la comunidad
científica nacional.
1.5. Investigador Joven: Corresponde a un
investigador, preferentemente menor de 35
años, capaz de realizar labores de
investigación científica en forma
autónoma.
1.6. Investigador Senior: Corresponde a un
investigador con una trayectoria
científica extensa y destacada, que
prestará apoyo al Núcleo y sus
investigadores jóvenes.
1.7. Postdoctorante: Corresponde a un
profesional recientemente doctorado que se
encuentra realizando investigación
científica normalmente guiado por un
científico de mayor experiencia.
1.8. Institución Albergante: Corresponde a la
institución que otorga un espacio físico y
apoyo al grupo de investigadores que
presenta la propuesta de investigación
científica.
-
Propósito
El programa Iniciativa Científica Milenio está destinado a estimular y apoyar directamente el trabajo colaborativo de excelencia por parte de investigadores chilenos o extranjeros con residencia en Chile, en el contexto de la trascendencia que el Gobierno de Chile ha asignado al desarrollo científico y tecnológico de la nación.
Se pretende formar grupos de científicos jóvenes de alta preparación para la realización, como equipos interdisciplinarios de trabajo, de investigación científica de frontera a nivel de laboratorios e instituciones más avanzados del mundo. Importantes complementos de este trabajo debiesen ser la formación de científicos jóvenes y la concreción de redes de colaboración e interacción y de acciones de proyección al medio externo. Se espera que los grupos que den lugar a un Núcleo Científico se fortalezcan en el tiempo, dando lugar en el futuro a centros de excelencia de mayor envergadura.
En este concurso se financiarán proyectos preferentemente en las áreas de las ciencias naturales y exactas, tanto básicas, estratégicas o aplicadas.
-
Beneficios
Cada Proyecto aprobado contará con una subvención directa, con cargo a la cual podrán cubrirse los siguientes gastos:
3.1. Incentivos: Por este concepto, el
Investigador Responsable podrá recibir
hasta 22 millones de pesos anuales y cada
uno de los Investigadores Asociados Claves
podrán recibir hasta 20 millones de pesos
anuales. Cada Investigador Joven podrá
recibir honorarios anuales hasta por 12
millones de pesos y cada Postdoctorante
hasta por 20 millones de pesos anuales.
Cada estudiante de postgrado podrá recibir
honorarios hasta por 9 millones de pesos
anuales, por concepto de beca.
Dichas becas se otorgarán a aquellos
estudiantes que se encuentren cursando
estudios de postgrado referidos a la línea
de investigación del proyecto, los que
serán seleccionados autónomamente por cada
proyecto de acuerdo a su disponibilidad
financiera e interés particular.
Cada miembro del personal técnico o
administrativo percibirá honorarios hasta
por 8 millones de pesos anuales.
Todos los honorarios están sujetos al pago
de impuestos. Será responsabilidad de cada
uno de los participantes que perciben
honorarios la emisión de las boletas, la
declaración y el pago del impuesto
correspondiente.
3.2. Gastos de pasajes, viáticos, congresos,
seminarios y afines: Se financiarán viajes
y traslados que se realicen para el
desarrollo de la investigación. Se
financiarán solamente pasajes en clase
económica, y los viáticos utilizados de
acuerdo a las misiones a cumplir serán
determinados por la Secretaría Ejecutiva
del Programa Iniciativa Científica Milenio
en cuanto al monto máximo diario.
Podrán también cargarse a esta categoría
los gastos asociados a la asistencia a
congresos, seminarios, charlas u otros
similares tales como inscripciones.
Asimismo, se incluirán en esta categoría,
los gastos vinculados a la realización de
congresos, seminarios, charlas u otros
similares tales como arriendo de salas y
equipos, servicios de alimentación y
traducción correspondientes a la
realización del evento.
3.3. Materiales, Fungibles y Mantención:
Comprende todos los materiales o
suministros que se necesiten para
desarrollar el trabajo de investigación
propuesto. Incluye reactivos de
laboratorio, materiales fungibles,
análisis de laboratorio, servicios de
computación, suministros computacionales,
arriendo de equipos, fletes, transporte y
gastos de reparación y de mantención de
equipos.
3.4. Bienes y Equipos: Incluye la adquisición
de equipos mayores y menores, de
accesorios para éstos y de implementos de
laboratorio y de oficinas. Los costos
incluirán la importación, internación,
bodegaje, aduana, traslado e instalación
en el lugar de destino final. Todos los
equipos deben ser debidamente asegurados
con los recursos del proyecto. Tratándose
de equipos donados, contempla todos los
gastos adicionales que sean necesarios
para su utilización en el lugar de
destino.
No se financiará la adquisición de
vehículos para uso personal.
3.5. Infraestructura: Comprende exclusivamente
los costos en que se incurrirá en la
materialización de obras menores de
infraestructura, tales como
construcciones, reacondicionamiento de
...
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