Decreto núm. 156, publicado el 12 de Diciembre de 1984. APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE EL TABO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE EL TABO Santiago, 28 de Septiembre de 1984.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 156.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley 16.391 y 12° letra i) del D.L. 1.305, de 1976; los artículos 41° al 44° y 54° del D.F.L. N° 458, (V. y U.) de 1975, la Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el decreto alcaldicio N° 162, de 24 de Diciembre de 1982, de la I. Municipalidad de El Tabo; el ordinario N° 2.147, de 31 de Diciembre de 1982, de la Empresa de Obras Sanitarias de la Quinta Región; el ordinario N° 565, de 16 de Septiembre de 1983, del Sr. Subsecretario de Agricultura; la resolución exenta N° 579, de 27 de Julio de 1983, del Sr. Intendente Región de Valparaíso; el ordinario N° 538, de 18 de Mayo de 1984, de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región de Valparaíso; el ordinario N° 257, de 21 de Agosto de 1984, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan,
Decreto:
Apruébase el nuevo Plan Regulador Comunal de El Tabo, en conformidad a lo indicado en la memoria explicativa, el Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado, la ordenanza local y el plano PRC-2, denominado "Plan Regulador Comunal de El Tabo", confeccionado a escala 1:5.000, documentos que por el presente decreto se aprueban.
El texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de El Tabo que se aprueba, es el siguiente:
La presente ordenanza local contiene disposiciones sobre el Límite Urbano, Zonificación, Usos de Suelo, Condiciones de Subdivisión Predial, Edificación, Urbanización y Vialidad para la comuna de El Tabo, de conformidad a lo graficado en el Plano PRC-2, escala 1:5.000, denominado Plan Regulador Comunal de El Tabo, en adelante el Plano, y con el cual conforma un solo cuerpo legal.
Este cuerpo normativo complementa las disposiciones gráficas del Plano.
El territorio en se que aplicarán las presentes disposiciones está conformado por el área urbana del centro poblado de Las Cruces, delimitada por la línea poligonal que define el límite urbano y que se identifica mediante los puntos 1- 2- 3- 4- 5- 1 y 6- 7-.
8- 9- 6; y por el área urbana del centro poblado de El Tabo, delimitada por la línea poligonal que define el límite urbano y que se identifica mediante los puntos 10- 11- 12- 13- 14- 15- 16- 17- 18- 10; siendo la descripción de puntos y tramos de ambas líneas poligonales la que se indica en el artículo 6 de la presente ordenanza.
En todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se encontraren resueltas en la presente ordenanza regirán las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Ordenanza General de Construcciones y Urbanización y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.
En conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponde a la Dirección de Obras Municipales la aplicación de las disposiciones de la presente ordenanza y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región, la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de las mismas.
La inobservancia de las normas de la presente ordenanza, será sancionada de acuerdo a lo prescrito en los artículos 20° al 26° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Descripción del Límite Urbano
El Límite Urbano Comunal de El Tabo comprende dos centros poblados denominados Las Cruces y El Tabo, y se define por las poligonales señaladas en al Art. 2 de esta ordenanza y cuyos puntos y tramos se describen a continuación:
CENTRO POBLADO LAS CRUCES
-------------------------------------------------------
Punto Descripción del Punto Tramo Descripción del Tramo
-------------------------------------------------------
1 Intersección de la
línea de la más
baja marea del Mar de
Chile con el eje del
Estero El Canelo.
2 Intersección del
eje del Estero El
Canelo con el eje
de la Quebrada Las
Cruces. 1-2 Línea sinuosa que
recorre el eje del
Estero El Canelo
uniendo los puntos
1 y 2.
3 Intersección del
eje de la Quebrada
Las Cruces con línea
paralela situada a 45
m., al Poniente del
eje de la Ruta G 98
F. 2-3 Línea sinuosa que
recorre el eje de la
Quebrada Las Cruces
uniendo los puntos
2 y 3.
4 Intersección de la
paralela trazada a
45 m., al Sur
Poniente del eje de
la Ruta G 98 F con el
eje del Estero La
Cigüeña. 3-4 Línea paralela
trazada a 45 m., al
Poniente del eje de
la Ruta G 98 F,
uniendo los puntos
3 y 4.
5 Intersección del eje
del Estero La Cigüeña
con la línea de la
más baja marea del
Mar de Chile. 4-5 Línea sinuosa que
recorre el eje del
Estero La Cigüeña,
uniendo los puntos
4 y 5.
5-1 Tramo sinuoso que
recorre la línea de
la más baja marea
del Mar de Chile,
uniendo los puntos
5 y 1.
6 Intersección de la
línea paralela trazada a 45 m., al Nor-Oriente del eje de la Ruta G 98 F, con la línea paralela trazada 10 m., al Nor-Poniente del eje del Camino Real Antiguo de Cartagena a Algarrobo.
7 Intersección de la
línea paralela
trazada 10 m., al
Nor-Poniente del eje
del Camino Real
Antiguo de Cartagena
a Algarrobo, con
línea paralela trazada
a 175 m., al
Nor-Poniente del eje
de la Ruta G 98 F. 6-7 Línea paralela
trazada 10 m., al
Nor-Poniente del eje
del Camino Real
Antiguo de Cartagena
a Algarrobo, uniendo
los puntos 6 y 7.
8 Intersección de la
paralela trazada 175
m., al Nor-Oriente
del eje de la Ruta
G 98 F, con la
prolongación al
Nor-Oriente del eje
de la Avda. Errázuriz,
en su tramo recto
entre las calles Nueva
Dos y Santiago Santa
Cruz. 7-8 Línea paralela
trazada 175 m., al
Nor-Oriente del eje
de la Ruta G 98 F,
uniendo los puntos
7 y 8.
9 Intersección de la
prolongación al
Nor-Oriente del eje
de la Avda. Errázuriz
en su tramo recto
entre las calles
Nueva Dos y Santiago
Santa Cruz, con la
paralela trazada 45
m., Nor-Oriente del
eje de la Ruta 698 F. 8-9 Línea de
prolongación al
Nor-Oriente del eje
de la Avda.
Errázuriz, en su
tramo recto entre
las Calles Nueva
Dos y Santiago
Santa Cruz, uniendo
los puntos 8 y 9.
9-6 Línea paralela
trazada a 45 m., al
Nor-Oriente del eje
de la Ruta 698 F,
uniendo los puntos
9 y 6.
CENTRO POBLADO DE EL TABO
10 Intersección de la
línea de la más baja
marea del Mar de Chile,
con el eje del estero
El Rosario.
11 Intersección del eje
del estero El Rosario
con paralela trazada a
50 m., al Oriente del
eje de la calle Nueva
Miraflores. 10-11 Línea sinuosa que
recorre el eje del
estero El Rosario,
uniendo los puntos
10 y 11.
12 Intersección de la
paralela trazada a
50 m., al Oriente del
eje de la calle Nueva
Miraflores con la
paralela trazada a
300 m., al Norte del
eje de la Av.
Centenario. 11-12 Línea trazada a 50
m., al Oriente del
eje de la calle
Nueva Miraflores,
uniendo los puntos
11 y 12.
13 Intersección de la
paralela trazada a
300 m., al Norte del
eje de la Av.
Centenario, con línea
paralela trazada 10
m., al Nor-Poniente
del eje del Camino
Real Antiguo
(prolongación de
calle Esmeralda). 12-13 Recta paralela
trazada a 300 m., al
Norte del eje de la
Av. Centenario,
uniendo los puntos
12 y 13.
14 Intersección de la
línea paralela
trazada 10 m., al
Nor-Poniente del eje
del Camino Real
Antiguo, con la
paralela trazada 50 m.,
al Nor-Oriente del eje
de la calle Las
Violetas. 13-14 Línea paralela
trazada a 10 m., al
Nor-Poniente del eje
del Camino Real
Antiguo, uniendo los
puntos 13 y 14.
15 Intersección de la
paralela trazada a 50
m., al Nor-Oriente del
eje de la calle Las
Violetas, con el eje de
la Quebrada Los
Bosques. 14-15 Paralela trazada a
50 m., al
Nor-Oriente del eje
de la calla Las
Violetas, uniendo
los puntos 14 y 15.
16 Intersección del eje
de la Quebrada Los
Bosques con la paralela
trazada a 350 m., al
Nor-Oriente del eje de
la Av. San Marcos. 15-16 Línea sinuosa que
recorre el eje de la
Quebrada Los Bosques,
uniendo los puntos
15 y 16.
17 Intersección de la
paralela trazada a 350
m., al Nor-Oriente del
eje de la Avda. San
Marcos con el eje de
la Quebrada El Tabo. 16-17 Paralela trazada a
350 m., al
Nor-Oriente del eje
de la Av. San
Marcos, uniendo los
puntos 16 y 17.
18 Intersección del eje
de la Quebrada El
Tabo con la línea de
la más baja marea
del Mar de Chile. 17-18 Línea sinuosa que
recorre el eje de la
Quebrada El Tabo
uniendo los puntos
17 y 18.
18-10 Línea sinuosa que
recorre la línea de
la más baja marea
del Mar de Chile,
uniendo los puntos
18 y 10.
Condiciones Generales de Subdivisión Predial y de
Edificación de Aplicación en las Zonas
Ocupación de Suelo: Se entenderá por Ocupación de Suelo la superficie determinada por la proyección del edificio sobre el terreno, descontando:
-
El 100% de las terrazas y pavimentos exteriores b) El 100% de la proyección de aleros, balcones y cubiertas en voladizo.
-
El 100% de los espacios exteriores cubiertos y cerrados por un lado o por dos lados contiguos, sin otros apoyos en el resto de su perímetro.
-
El 50% de los espacios exteriores cubiertos y cerrados por dos lados no contiguos y por tres lados, sin otro apoyo en el resto de su perímetro.
Para determinar el porcentaje de ocupación de suelo se considerará la superficie del terreno una vez descontadas las áreas sujetas a expropiación, que pudieran afectarlo por disposiciones del plan regulador.
Rasantes y Distanciamientos: Se regirán por lo...
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