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Decreto núm. 88, publicado el 23 de Enero de 2017. DECLARA ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LAS COMUNAS DE HUALAÑÉ, LICANTÉN Y BULNES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

DECLARA ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LAS COMUNAS DE HUALAÑÉ, LICANTÉN Y BULNES

Núm. 88.- Santiago, 22 de enero de 2017.

Vistos:

Lo establecido en el artículo 41 y 32 número 5 de la Constitución Política de la República, en la Ley N° 18.415 Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; en el decreto supremo N° 83, de fecha 20 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el decreto supremo N° 84 de fecha 20 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y, en la resolución N° 1.600, de 2008 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que por disposición de los decretos supremos N° 83 y 84 de los vistos se ha dispuesto respectivamente la declaración de zona afectada por catástrofe y el estado de excepción constitucional de catástrofe, debido a los incendios que afectaban y que siguen afectando a la fecha a las comunas de Vichuquén y Cauquenes, en la Región del Maule, además de dos provincias de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins.

  2. - Que las mismas consideraciones tenidas en cuenta para la declaración de zona afectada y estado de catástrofe son predicables en este momento a las comunas de Hualañé, Licantén y Bulnes.

  3. - Que se debe tener en cuenta que las dos primeras comunas pertenecen al territorio de la Región del Maule y que la tercera es parte de la Región del Biobío, lo que hará necesario la designación de jefes de la Defensa Nacional diferentes para los distintos territorios.

  4. - Que de conformidad a los fundamentos expuestos, se hace necesaria la emisión del correspondiente acto administrativo, por lo que,

Decreto:

Artículo primero

Declárase estado de excepción constitucional de catástrofe en las comunas de Hualañé y Licantén, de la Región del Maule, y en la comuna de Bulnes, de la Región del Biobío, por un plazo de 90 días desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º, de la ley N° 18.415.

Artículo segundo

Desígnase corno Jefe de la Defensa Nacional en las comunas correspondientes a la Región del Maule, al General de Brigada del Ejército, señor Javier Eduardo Iturriaga del Campo, cédula nacional de identidad número 9.362.159-K.

Artículo tercero

Desígnase como Jefe de la Defensa Nacional en la comuna correspondiente a...

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