Decreto núm. 38, publicado el 09 de Mayo de 2015. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 6.234, DE 1929, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGLAMENTO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 6.234, DE 1929, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGLAMENTO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS
Núm. 38.- Santiago, 29 de enero de 2015.
Considerando:
Que, la educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas;
Que, la Constitución Política de la República asegura a todas las personas el Derecho a la Educación;
Que, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;
Que, la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), es la entidad llamada a formular, coordinar y ejecutar las políticas relativas al patrimonio cultural. Su misión es promover el conocimiento, la creación, la recreación y la apropiación permanente del patrimonio cultural y la memoria colectiva del país, para contribuir a la construcción de identidades y al desarrollo de las personas y de la comunidad nacional y de su inserción internacional. Lo anterior implica rescatar, conservar, investigar y difundir el patrimonio nacional, considerado en su más amplio sentido;
Que, los museos que se encuentran bajo la dirección superior de la DIBAM son espacios privilegiados para el encuentro y la comunicación entre los seres humanos, debido al legado histórico, natural, intelectual y artístico que acopian, constituido por las obras y testimonios materiales de diversos tiempos y culturas, por lo que la implementación de acciones que apunten a su difusión y a educar a la ciudadanía a través del acercamiento a tal patrimonio y a la promoción consecuencial de su valoración y respeto, debiese fortalecer el enfoque del museo como espacio común y contribuir a la consolidación de visiones sociales compartidas;
Que, el reglamento de la DIBAM, sancionado por decreto supremo Nº 6.234, de 1929, del Ministerio de Educación Pública, señala que la entrada a los museos será pagada y considera la gratuidad sólo para determinadas personas, en general vinculadas a la producción artística o...
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