Decreto núm. 38, publicado el 09 de Mayo de 2015. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 6.234, DE 1929, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGLAMENTO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 569326778

Decreto núm. 38, publicado el 09 de Mayo de 2015. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 6.234, DE 1929, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGLAMENTO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 6.234, DE 1929, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGLAMENTO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS

Núm. 38.- Santiago, 29 de enero de 2015.

Considerando:

Que, la educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas;

Que, la Constitución Política de la República asegura a todas las personas el Derecho a la Educación;

Que, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;

Que, la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), es la entidad llamada a formular, coordinar y ejecutar las políticas relativas al patrimonio cultural. Su misión es promover el conocimiento, la creación, la recreación y la apropiación permanente del patrimonio cultural y la memoria colectiva del país, para contribuir a la construcción de identidades y al desarrollo de las personas y de la comunidad nacional y de su inserción internacional. Lo anterior implica rescatar, conservar, investigar y difundir el patrimonio nacional, considerado en su más amplio sentido;

Que, los museos que se encuentran bajo la dirección superior de la DIBAM son espacios privilegiados para el encuentro y la comunicación entre los seres humanos, debido al legado histórico, natural, intelectual y artístico que acopian, constituido por las obras y testimonios materiales de diversos tiempos y culturas, por lo que la implementación de acciones que apunten a su difusión y a educar a la ciudadanía a través del acercamiento a tal patrimonio y a la promoción consecuencial de su valoración y respeto, debiese fortalecer el enfoque del museo como espacio común y contribuir a la consolidación de visiones sociales compartidas;

Que, el reglamento de la DIBAM, sancionado por decreto supremo Nº 6.234, de 1929, del Ministerio de Educación Pública, señala que la entrada a los museos será pagada y considera la gratuidad sólo para determinadas personas, en general vinculadas a la producción artística o...

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